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Plus de asistencia:
complemento salarial que remunera la asistencia regular al trabajo; su objetivo es reducir el absentismo laboral.
Naturaleza salarial:
cotiza íntegramente a la Seguridad Social y tributa en el IRPF, al igual que el salario base.
Regulación:
se fija en el convenio colectivo o en el contrato; no existe una cuantía mínima legal.
Vacaciones:
el Tribunal Supremo reconoce que debe abonarse durante las vacaciones como retribución ordinaria (STS 29/11/2018).
Límites legales:
no puede penalizar ausencias por enfermedad, maternidad, conciliación familiar ni actividades sindicales.
El plus de asistencia es un tipo de
complemento salarial
utilizado por muchas empresas cuya correcta gestión puede reducir el absentismo y, al mismo tiempo, evitar reclamaciones laborales.
En este artículo te explicamos todo lo que necesitas saber sobre el plus de asistencia: si es un complemento salarial o extrasalarial, cómo calcularlo, cuánto es, cuándo se cobra y qué implica a efectos de cotización y vacaciones.
¿Qué es el plus de asistencia?
El plus de asistencia es un complemento salarial que se abona a los trabajadores por acudir regularmente a su puesto de trabajo, cumpliendo las condiciones establecidas en el convenio colectivo. Su objetivo principal es
reducir el absentismo laboral
mediante una compensación económica por la presencia continuada.
Es importante recordar también que el plus de asistencia es un
complemento de naturaleza salarial
. Esto significa que es una percepción económica derivada directamente de la prestación laboral, que forma parte del
salario del trabajador
. A diferencia de los conceptos extrasalariales (como las dietas o las indemnizaciones por traslado), el plus de asistencia computa para el cálculo de las pagas extraordinarias, si así lo establece el convenio, y para las indemnizaciones por despido.
Aunque con frecuencia se abonan juntos, el plus de asistencia y el de puntualidad cubren conceptos distintos, para así ganar tiempo y poder dedicarse plenamente a lo que realmente importa: las personas.
No existe una fórmula legal única para calcular el plus de asistencia. El importe y el método de cálculo se determinan en el
convenio colectivo aplicable
o, en su defecto, en el contrato de trabajo. Para entender cómo funciona el cálculo de este y otros complementos, puedes consultar nuestra guía sobre
cómo se calculan los complementos salariales
.
¿De cuánto es el plus de asistencia?
La cuantía varía según el sector y el convenio colectivo. Las modalidades más habituales son:
Cantidad fija por día trabajado:
por ejemplo, entre 1 € y 5 € por cada jornada efectivamente realizada.
Cantidad mensual:
un importe fijo mensual que se reduce o suprime en proporción a las ausencias injustificadas.
Porcentaje sobre el salario base:
en algunos convenios, el plus representa un porcentaje del salario base, normalmente entre el 3 % y el 10 %.
En cualquier caso, la única fuente fiable para conocer el importe exacto es el
convenio colectivo sectorial o de empresa
que aplique a cada caso concreto.
¿Cómo y cuándo se paga el plus de asistencia?
El plus de asistencia se abona junto con el resto del salario, en la nómina mensual. Su pago está condicionado al cumplimiento de los requisitos fijados en el convenio: asistir sin ausencias injustificadas durante el periodo correspondiente.
Para los trabajadores a
jornada parcial
, el plus se abona en proporción a la jornada efectivamente realizada, salvo que el convenio establezca lo contrario. La empresa puede implantar los mecanismos de control horario y de registro de asistencia que considere adecuados para verificar el cumplimiento.
¿El plus de asistencia cotiza a la Seguridad Social?
Sí. Al tratarse de un complemento de naturaleza salarial, el plus de asistencia
cotiza íntegramente a la Seguridad Social
y tributa en el IRPF del trabajador. Esto implica que:
Se incluye en la
base de cotización
del trabajador a efectos de contingencias comunes y profesionales.
Sirve de referencia para el cálculo de la
incapacidad temporal (IT)
, aunque durante la baja el trabajador no lo perciba directamente.
Puede computar en el cálculo de
indemnizaciones por despido
si el convenio así lo establece.
💡 ¿Sabías que...?
El Tribunal Supremo reconoció en su sentencia de 29 de noviembre de 2018 que el plus de asistencia es un concepto retributivo ordinario, habitual y periódico, y que, por tanto, debe abonarse durante las vacaciones del trabajador.
¿Cuándo se cobra el plus de asistencia?
El trabajador tiene derecho a cobrar el plus de asistencia cuando cumple los requisitos fijados en el convenio colectivo: básicamente,
no incurrir en ausencias injustificadas
durante el periodo de devengo. La empresa puede suprimir o reducir el complemento proporcionalmente a las faltas de asistencia no justificadas, pero no puede hacerlo de forma arbitraria ni discriminatoria.
¿Se paga el plus de asistencia en vacaciones?
En términos generales,
sí
. El Tribunal Supremo ha establecido que durante las vacaciones el trabajador debe percibir su retribución ordinaria y que el plus de asistencia, por ser habitual y periódico, forma parte de esa retribución. No obstante, la respuesta definitiva depende de lo que regule el
convenio colectivo aplicable
:
Si el convenio incluye expresamente el plus de asistencia en el cálculo de la retribución vacacional,
es obligatorio abonarlo
.
Si el convenio especifica que solo se paga por días de actividad laboral efectiva, puede no abonarse durante las vacaciones.
En caso de extinción del contrato, si el plus debía incluirse en las vacaciones, también debe reflejarse en la
liquidación
.
¿Qué ocurre con el plus de asistencia durante una baja médica?
Durante una baja por incapacidad temporal, el trabajador deja de asistir físicamente al trabajo, por lo que, en principio,
no genera el derecho al plus de asistencia
durante ese periodo. Sin embargo, el importe de este complemento sí computa como parte del
salario regulador
para calcular la prestación de IT que abona la Seguridad Social.
Cada convenio colectivo puede establecer condiciones específicas a este respecto, y recientemente algunos tribunales han matizado los límites de este complemento frente a trabajadores en situación de baja. En caso de duda, es recomendable revisar el convenio aplicable o consultar con un asesor laboral.
¿Puede el plus de asistencia penalizar ausencias justificadas?
Este es uno de los aspectos más sensibles del plus de asistencia. La
Sentencia n.º 40/2025 del Tribunal Supremo
(Sala de lo Social) fijó que este complemento es válido únicamente cuando computa ausencias
no justificadas
y no están vinculadas a causas que puedan considerarse discriminatorias.. En concreto, el plus de asistencia
no puede penalizar
las siguientes ausencias:
Ausencias por
enfermedad o incapacidad temporal
(discriminación por razón de salud).
Ausencias vinculadas a
embarazo, maternidad o permisos de conciliación familiar
.
Ausencias por
actividades sindicales
reconocidas legalmente.
Cualquier ausencia que genere
discriminación por asociación
, es decir, el trato desfavorable que sufre un trabajador por su vinculación con una persona protegida (por ejemplo, acompañar a un familiar enfermo a citas médicas).
Las empresas que apliquen el plus de asistencia deben asegurarse de que su configuración en el convenio o en el contrato respete estos límites para evitar reclamaciones o nulidades.
Caso práctico sobre el plus de asistencia
Problema
Una empresa de 25 empleados aplica un plus de asistencia mensual de 60 € según convenio. A raíz de varias ausencias, suprime el plus a una trabajadora que faltó tres días por acompañar a su hijo a citas médicas de seguimiento.
Consecuencias
La supresión del plus puede constituir
discriminación por asociación
, ya que el cuidado de menores recae mayoritariamente en mujeres.
La trabajadora puede reclamar el importe del plus ante el juzgado de lo Social.
La empresa puede enfrentarse a una sanción y a la declaración de nulidad de la medida.
Solución
Con un software de gestión de nóminas, la empresa puede configurar automáticamente qué tipos de ausencia cuentan como justificadas para el plus de asistencia, evitando errores de cálculo y garantizando el cumplimiento de la normativa. El
plus de asistencia
queda correctamente documentado en cada nómina y las revisiones son trazables.
Gestionar bien el plus de asistencia implica conocer el convenio, distinguir las ausencias justificadas y reflejarlo todo correctamente en cada nómina. Hacerlo de forma manual multiplica el riesgo de error y de conflictos. Automatizar el cálculo te garantiza precisión y cumplimiento sin esfuerzo adicional.
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No por ley. El plus de asistencia
solo es exigible si lo reconoce el convenio colectivo o el contrato individual
. Si el convenio del sector lo recoge y el trabajador cumple los requisitos, la empresa está obligada a abonarlo.
Sí. Al ser un complemento salarial,
cotiza íntegramente y tributa en el IRPF
. Se incluye en la base de cotización y sirve de referencia para calcular la prestación por incapacidad temporal, aunque no se perciba durante la baja.
Depende del convenio: unos lo suprimen entero con una sola falta injustificada y otros lo reducen de forma proporcional. Lo que
no puede descontarse son las ausencias justificadas
(enfermedad, maternidad, permisos de conciliación o actividad sindical).
Debe aparecer
desglosado como complemento salarial
en el recibo de salarios, diferenciado del salario base. Si el convenio lo integra en las pagas extraordinarias o las vacaciones, también debe reflejarse en esos conceptos.
Si está en el convenio y el trabajador cumple los requisitos,
no puede suprimirse unilateralmente
. Solo se deja de abonar por las causas de pérdida que prevea el convenio, y para eliminarlo del todo haría falta cambiar el convenio o aplicar el
artículo 41 del ET
.