[[PAYFIT_AI_ICON]] PayFit AI : tu compañero de nóminas y RRHH, cuando lo necesites. Pruébalo ahora
Este julio, recomendar PayFit tiene premio. Gana 500€ por cada empresa que se una gracias a ti.
[[PAYFIT_AI_ICON]] PayFit AI : tu compañero de nóminas y RRHH, cuando lo necesites. Pruébalo ahora
Este julio, recomendar PayFit tiene premio. Gana 500€ por cada empresa que se una gracias a ti.

Las horas extra son las trabajadas por encima de la jornada ordinaria pactada en contrato o convenio.
El recargo depende del convenio provincial; en hostelería oscila habitualmente entre el 75 % y el 100 % sobre la hora ordinaria.
Límite legal: Un trabajador a jornada completa no puede superar las 80 horas extraordinarias al año.
Cotización en 2026: Las horas extra estructurales cotizan al 28,30 % y las de fuerza mayor al 14 % (Orden PJC/297/2026).
Las horas extraordinarias son habituales en el sector de la hostelería, especialmente durante periodos de alta actividad o ante necesidades imprevistas del servicio. Gestionarlas correctamente implica aplicar el convenio colectivo correspondiente, respetar los límites legales y reflejarlas adecuadamente en la nómina y en el registro de jornada.
En este artículo explicamos qué tipos de horas extra existen, cómo se calculan y qué obligaciones deben cumplir las empresas para garantizar el cumplimiento de la normativa laboral.
Las horas extraordinarias en hostelería son todas las trabajadas por encima de la jornada ordinaria pactada en el contrato o establecida por el convenio colectivo. Según el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores, la jornada máxima legal es de 40 horas semanales en cómputo anual. El Acuerdo Laboral de Ámbito Estatal para la Hostelería (ALEH) fija el marco general, pero las condiciones concretas (jornada, recargos, pluses) las determinan los convenios provinciales o autonómicos.
En el sector hostelero conviven dos tipos de horas extraordinarias con implicaciones jurídicas muy distintas:
Las horas extra estructurales responden a la actividad habitual del negocio: un servicio con alta afluencia de clientes, la ausencia de un compañero o un pico de demanda en temporada alta. El trabajo a turnos, los turnos partidos y los cambios de turno son situaciones habituales en hostelería que a menudo las originan. Son completamente voluntarias para el trabajador, que puede rechazarlas sin consecuencias disciplinarias, salvo que el convenio colectivo o el contrato individual prevean expresamente la obligatoriedad de un número concreto.
Las horas extra por fuerza mayor responden a emergencias que requieren prevenir o reparar siniestros y daños urgentes: una inundación en el local, un fallo grave en las instalaciones o cualquier incidencia imprevista. Son de realización obligatoria para el trabajador; negarse puede conllevar una sanción disciplinaria. Además, no computan dentro del límite anual de 80 horas establecido en el Estatuto de los Trabajadores.
Guía borrador del registro horario
La retribución de una hora extra en hostelería no puede ser inferior al valor de la hora ordinaria (art. 35.1 ET). El recargo concreto lo fija el convenio colectivo provincial o autonómico; en la mayoría de convenios del sector oscila entre el 75% y el 100% sobre la hora ordinaria. Ten en cuenta que si un empleado trabaja un día festivo en horario extraordinario, el convenio puede establecer recargos adicionales.
La compensación de las horas extraordinarias puede realizarse de dos formas:
El porcentaje de recargo lo determina el convenio de cada provincia o comunidad autónoma. A modo de referencia, el Convenio de Hostelería de la Comunidad de Madrid (vigente en ultraactividad desde el 1 de enero de 2026) establece un recargo del 100% sobre la hora ordinaria, mientras que algunos convenios provinciales de Andalucía fijan el 75%. Consulta siempre el convenio de tu provincia para aplicar el porcentaje correcto.
Salario mensual bruto ÷ horas mensuales de convenio × (1 + recargo %)
Un camarero con 1.500€ brutos al mes y 150 horas mensuales de convenio tiene un valor de hora ordinaria de 10€. Con un recargo del 75%, la hora extra equivale a 17,50€; con un recargo del 100%, a 20€.
Empresa y trabajador pueden acordar compensar las horas extraordinarias con tiempo libre equivalente en lugar de retribución económica. El Estatuto de los Trabajadores establece que ese descanso debe disfrutarse en un plazo máximo de 4 meses desde la realización. Las horas extra compensadas con descanso dentro de ese plazo no computan en el límite de 80 horas anuales.
El artículo 35.2 del Estatuto de los Trabajadores fija un máximo de 80 horas extraordinarias al año por trabajador con jornada completa. Este límite aplica solo a las horas estructurales; las de fuerza mayor quedan excluidas del cómputo. Superar este tope puede acarrear sanciones de entre 625 y 6.250 euros según la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social (LISOS).
Recuerda también que, independientemente de las horas extra realizadas, siempre debe respetarse el descanso semanal obligatorio entre jornada y jornada. Una adecuada distribución irregular de la jornada puede, además, reducir la necesidad de recurrir a horas extraordinarias en los periodos de mayor actividad.
La normativa, eso sí, excluye a determinados colectivos de la posibilidad de realizar horas extraordinarias estructurales:
| Colectivo | Restricción |
|---|---|
| Menores de 18 años | Prohibición total, incluida la fuerza mayor |
| Trabajadores nocturnos | Solo pueden hacerlas en casos de fuerza mayor |
| Trabajadores a tiempo parcial | Solo pueden hacer horas complementarias, no extraordinarias |
| Trabajadores en reducción de jornada | Prohibidas durante el período de reducción |
El cumplimiento normativo en materia de horas extraordinarias va más allá del pago o la compensación. Las empresas hosteleras deben atender, además, dos obligaciones adicionales: la cotización a la Seguridad Social y el registro horario.
Las horas extraordinarias están sujetas a una cotización adicional a la Seguridad Social, separada de la base ordinaria. Según la Orden PJC/297/2026 (BOE de 31 de marzo de 2026), los tipos vigentes desde el 1 de enero de 2026 son:
| Tipo de hora extra | Empresa | Trabajador | Total |
|---|---|---|---|
| Estructurales / comunes | 23,60 % | 4,70 % | 28,30 % |
| Por fuerza mayor | 12,00 % | 2,00 % | 14,00 % |
Esta cotización adicional no computa para la base reguladora de prestaciones como la jubilación ni el desempleo del trabajador.
Desde la Ley 8/2019, todas las empresas están obligadas a registrar diariamente la jornada de sus empleados, incluyendo las horas extraordinarias. El registro de jornada laboral debe conservarse durante 4 años y estar disponible para la Inspección de Trabajo. Un correcto control horario de los trabajadores es, además, la única forma de demostrar el cumplimiento del límite de 80 horas anuales.
En 2026, la Inspección de Trabajo ha intensificado los controles en hostelería, uno de los sectores con mayor incidencia de horas no registradas. La ausencia de registro se tipifica como infracción grave con multas de entre 751 y 7.500 euros (art. 7.5 LISOS).
Un restaurante recurre habitualmente a que su plantilla amplíe turnos durante la temporada alta sin registrar esas horas ni compensarlas correctamente en nómina. Cuando llega una inspección de trabajo, no existe registro horario válido ni constancia documental de las compensaciones aplicadas.
Consecuencias:
Superación del límite de 80 horas extraordinarias anuales sin acreditación documental.
Errores en el cálculo de nóminas y en las cotizaciones adicionales a la Seguridad Social.
Riesgo de sanciones de hasta 7.500 € por falta de registro horario (art. 7.5 LISOS).
Por ello, contar con software de nóminas automatiza el registro de horas, calcula el importe correcto de las horas extraordinarias según el convenio provincial aplicable y genera de forma automática la cotización adicional a la Seguridad Social. El resultado: menos errores, menos riesgos y más tiempo para gestionar el negocio.
No obstante, con nosotros la gestión de la nómina y del cumplimiento laboral forma parte del servicio. Nos encargamos de aplicar correctamente el convenio colectivo, gestionar las horas extraordinarias y reflejarlas en la nómina conforme a la normativa vigente, ayudándote a reducir errores y facilitar el cumplimiento de tus obligaciones laborales.
¿Quieres simplificar la gestión de las horas extra de tu equipo? Solicita una demostración gratuita y descubre cómo gestionamos la nómina y el cumplimiento laboral de tu empresa.

Solo en dos supuestos: si el contrato o convenio colectivo lo prevé expresamente, o si se trata de horas por fuerza mayor. En el resto de casos, el trabajador tiene derecho a negarse sin consecuencias. La empresa no puede sancionarlo ni tomar represalias por ello.
El Convenio de Hostelería de la Comunidad de Madrid (en ultraactividad desde el 1 de enero de 2026) establece un recargo del 100 % sobre la hora ordinaria, es decir, el doble del valor de la hora habitual. Como alternativa, pueden compensarse con 1,5 horas de descanso por cada hora extra trabajada.
No. La cotización adicional por horas extraordinarias no computa para la base reguladora de prestaciones como la jubilación o el desempleo. Solo cubre contingencias profesionales: accidentes de trabajo y enfermedades laborales.
La ausencia de registro es una infracción grave sancionable con multas de entre 751 y 7.500 euros (art. 7.5 LISOS). Además, sin registro el trabajador puede reclamar judicialmente todas las horas realizadas, que se presumen efectuadas si no existe constancia de lo contrario.

Horas complementarias: qué son, cuándo se pactan, límites legales y cómo cotizan en contratos a tiempo parcial en 2026.

El turno partido divide la jornada en dos bloques con pausa no retribuida. Conoce su definición, horarios habituales, derechos en hostelería para 2026.

El cambio de turno debe comunicarse con preaviso. Conoce qué dice el Estatuto de los Trabajadores, los plazos aplicables y los derechos del trabajador.

Horas extraordinarias: qué son, qué tipos existen, cómo se calculan en nómina y cuánto cotizan a la Seguridad Social en 2026.

Los días festivos se pagan aunque no trabajes. Si trabajas en festivo, cobras un mínimo del 75% adicional o un día compensatorio. Descubre cómo calcular el plus de festivo.

La flexibilidad horaria permite adaptar la jornada a las necesidades del trabajador sin reducir horas ni salario. Descubre tipos, normativa y ventajas.