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Puntos clave sobre los códigos de contratos de trabajo
Los códigos de contratos son identificadores numéricos de 3 dígitos que la TGSS usa para clasificar cada tipo de contrato laboral.
La primera cifra indica si el contrato es indefinido (1, 2, 3) o temporal (4, 5) y el tipo de jornada.
Las cifras segunda y tercera identifican la modalidad concreta: prácticas, formación, interinidad, relevo, discapacidad, etc.
Estos códigos aparecen en la nómina, en el informe de vida laboral y en los trámites del Sistema RED de la TGSS.
Usarlos incorrectamente puede derivar en errores en los seguros sociales o en sanciones administrativas.
En este artículo te explicamos qué son los códigos de contratos de trabajo, cómo están estructurados y cuáles son los más habituales en 2026. Si gestionas altas, bajas o nóminas en tu empresa, esta información te ayudará a evitar errores, cumplir con tusobligaciones con la Seguridad Social y gestionar correctamente los seguros sociales de tu empresa.
¿Qué son los códigos de contratos de la Seguridad Social?
Los códigos de contratos de trabajo son claves numéricas de tres dígitos establecidas por el Ministerio de Trabajo y gestionadas por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), uno de los principales organismos de la Seguridad Social. Permiten clasificar cada tipo de relación laboral de forma estandarizada en el Sistema RED, la plataforma a través de la que las empresas comunican altas, bajas y variaciones de datos.
Estos códigos aparecen en distintos documentos y trámites: en la nómina del trabajador, en el informe de vida laboral (columna C.T.) y en las comunicaciones realizadas ante losorganismos de la Seguridad Social. Conocerlos es imprescindible para evitar errores en cotización, en los seguros sociales o en los trámites como el IDC de la Seguridad Social, así como posibles sanciones.
¿Para qué sirven exactamente estos códigos?
Sirven para identificar el tipo de contrato de forma rápida y precisa sin necesidad de detallar toda la información en cada trámite. Por ejemplo, el código 230 permite clasificar automáticamente un contrato indefinido a tiempo parcial para una persona con discapacidad, facilitando el cálculo correcto de los seguros sociales y la comunicación con la TGSS.
¿Dónde aparece el código en la nómina y en el informe de vida laboral?
El código de contrato aparece en la nómina, normalmente en el encabezado, junto a otros datos como el grupo de cotización. También se incluye en el informe de vida laboral, en la columna C.T., lo que permite comprobar cómo ha sido registrado el contrato. Si el código no es correcto, debe corregirse en el Sistema RED para evitar errores en la cotización o en la consulta delIDC de la Seguridad Social.
Cada código está formado por tres dígitos, y cada uno aporta una información concreta sobre la relación laboral. La lógica es sencilla una vez que se conoce la clave de lectura.
¿Qué indica la primera cifra del código?
La primera cifra determina dos aspectos fundamentales del contrato: su duración (indefinido o temporal) y su tipo de jornada (completa o parcial). Los valores posibles son del 1 al 5:
1: contrato indefinido a jornada completa.
2: contrato indefinido a jornada parcial.
3: contrato indefinido fijo-discontinuo.
4: contrato temporal (duración determinada) a jornada completa.
5: contrato temporal (duración determinada) a jornada parcial.
¿Qué indican la segunda y tercera cifra?
Las posiciones segunda y tercera identifican la modalidad específica del contrato o las características especiales del trabajador. Por ejemplo, el valor 10 corresponde a interinidad, el 20 a prácticas, el 21 a formación en alternancia, el 30 a persona con discapacidad y el 89 a la transformación de un contrato temporal en indefinido. El valor 00 indica que se trata de un contrato ordinario o inicial sin características especiales.
Tabla de códigos de contratos de trabajo 2026
Aunque existen numerosos códigos de contrato en la Seguridad Social, en la práctica las empresas utilizan principalmente un número reducido. Conocerlos facilita la gestión de contrataciones, nóminas y seguros sociales, además de ayudarte a cumplir con tus obligaciones con la Seguridad Social.
Código
Tipo de contrato
Jornada
Descripción
100
Indefinido
Completa
Ordinario
200
Indefinido
Parcial
Ordinario
300
Indefinido fijo-discontinuo
Completa
Ordinario
402
Temporal
Completa
Eventual por circunstancias de la producción
410
Temporal
Completa
Interinidad
420
Temporal
Completa
Contrato en prácticas
421
Temporal
Completa
Formación en alternancia
502
Temporal
Parcial
Eventual por circunstancias de la producción
510
Temporal
Parcial
Interinidad
Esta tabla se actualiza periódicamente por la TGSS. Te recomendamos contrastar siempre con la versión oficial disponible en el Sistema RED o en las instrucciones técnicas publicadas en la sede electrónica de la Seguridad Social.
¿Cuáles son los códigos de contratos más habituales?
Aunque la tabla completa recoge decenas de variantes, en la práctica diaria de una pyme española los códigos más frecuentes son un número reducido. Conocerlos en detalle permite agilizar la gestión y reducir errores.
Contratos indefinidos: códigos 100, 200 y 300
El código 100 es el más común: corresponde al contrato indefinido ordinario a jornada completa. Garantiza estabilidad para el trabajador y es el modelo que ha ganado peso con la reforma laboral de 2021, que impulsó la conversión de contratos temporales en indefinidos.
El código 200 es su equivalente a jornada parcial: misma estabilidad, pero con una jornada reducida. El código 300 corresponde al contrato fijo-discontinuo, utilizado en actividades estacionales o intermitentes —hostelería, turismo, agricultura— y que también tiene carácter indefinido, aunque la prestación de servicios se interrumpa en determinados periodos.
Cuando un contrato temporal se transforma en indefinido, el código que se utiliza es el 189 (jornada completa) o el 289 (parcial), reflejando ese proceso de consolidación en el empleo.
Contratos temporales: principales códigos vigentes tras la reforma laboral
Tras la reforma laboral de 2021, los contratos de obra y servicio (401/501) quedaron suprimidos. Las modalidades temporales vigentes más utilizadas son:
402/502: contrato eventual por circunstancias de la producción (tiempo completo o parcial). Sustituye al extinto contrato de obra y servicio para necesidades coyunturales.
410/510: contrato de interinidad, para cubrir la ausencia temporal de un trabajador (baja, excedencia, maternidad…).
420/520: contrato en prácticas para personas con titulación reciente.
421/521: contrato de formación en alternancia, que combina trabajo y formación.
441/541: contrato de relevo, vinculado a la jubilación parcial de otro trabajador.
Contratos formativos: códigos 420 y 421
Los contratos formativos merecen una mención especial por sus implicaciones en cotización y formación. El código 420 corresponde al contrato en prácticas, también llamado contrato formativo para la obtención de práctica profesional. Este tipo de contrato está destinado a personas con título universitario, de FP o equivalente obtenido en los últimos tres años (cinco si son personas con discapacidad).
El código 421 es el contrato de formación en alternancia, orientado a jóvenes sin titulación que alternan trabajo y formación reglada. Ambas modalidades tienenbonificaciones específicas en Seguridad Social y están sujetas a requisitos propios recogidos en el Estatuto de los Trabajadores y en la reforma laboral de 2021.
¿Qué cambió la reforma laboral de 2021 en los códigos de contratos?
La Ley 32/2021, de reforma laboral, supuso una simplificación importante de las modalidades de contratación. Su impacto más directo en la tabla de códigos fue la supresión del contrato de obra y servicio (códigos 401 y 501), que quedó extinguido a partir del 31 de diciembre de 2021. Desde entonces, las necesidades que antes cubría este contrato deben canalizarse a través del contrato temporal por circunstancias de la producción (402/502) o del contrato fijo-discontinuo (300).
¿Cuáles son los códigos afectados por la reforma?
401 y 501 (obra y servicio): dados de baja desde el 31 de diciembre de 2021. Su uso ya no es válido en nuevas contrataciones.
402 y 502 (eventual por circunstancias de la producción): reforzados como principal vía de contratación temporal.
300 y variantes (fijo-discontinuo): ampliado su uso a sectores donde antes se recurría al contrato de obra.
189, 289, 389 (transformaciones): mayor relevancia al extenderse la conversión de temporales en indefinidos.
Estas modificaciones también afectaron a lasnuevas obligaciones de datos ante la TGSS, especialmente en lo relativo a la comunicación de contratos a tiempo parcial y fijos-discontinuos.
¿Cómo afectan estos cambios a las pymes?
Para una pyme, el principal impacto práctico es que ya no puede utilizar el contrato de obra y servicio para cubrir proyectos puntuales. Debe valorar si la necesidad justifica un contrato temporal por producción o si, por su recurrencia, debería formalizarse directamente como contrato fijo-discontinuo. Optar por el tipo incorrecto puede derivar en la presunción de contrato indefinido, con las consecuencias administrativas que ello conlleva.
Ejemplo práctico: ¿cómo identificar el código correcto para una contratación?
Imaginemos que una empresa de distribución contrata a una persona para cubrir el pico de trabajo del período de campaña de verano, a jornada completa y durante cuatro meses.
La situación no justifica un contrato indefinido, pero tampoco puede formalizarse bajo el antiguo código 401 (ya suprimido). La modalidad correcta es el contrato eventual por circunstancias de la producción, que en el Sistema RED de la TGSS se comunica con el código 402 (si la jornada es completa). Si la empresa optase por un turno de mañana con jornada reducida, el código sería el 502.
En cambio, si esa misma empresa contrata a alguien para cubrir la baja médica de una trabajadora, el código correcto sería el 410 (interinidad a jornada completa), ya que existe un trabajador sustituido concreto y una causa de ausencia justificada.
Este ejemplo ilustra cómo un error en el código puede implicar el uso de una modalidad incorrecta, con consecuencias en la cotización y en la posible presunción de indefinición del contrato.
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Preguntas frecuentes sobre los códigos de contratos de la Seguridad Social
La tabla oficial (denominada T-19 en el Sistema RED) está disponible en la sede electrónica de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), dentro de las instrucciones técnicas del Sistema RED. También puede consultarse a través del programa Siltra o en las oficinas de la Seguridad Social.
El código 000 no es una modalidad contractual válida. Su aparición indica que el código no se ha asignado correctamente al registrar el contrato. Si lo detectas en la vida laboral de un trabajador, conviene revisarlo y corregirlo a través del Sistema RED para evitar problemas futuros.
Puede provocar errores en el cálculo de los seguros sociales, discrepancias en la vida laboral del trabajador y, en casos graves, sanciones de la Inspección de Trabajo. Además, si el código no se corresponde con la modalidad real, la empresa puede enfrentarse a la presunción de contrato indefinido.
Sí. La tabla se actualiza con los cambios legislativos. La reforma laboral de 2021 eliminó los códigos 401 y 501 (obra y servicio) y reforzó las modalidades de contrato indefinido y fijo-discontinuo. Se recomienda verificar siempre la versión vigente en el Sistema RED o en las instrucciones técnicas de la TGSS antes de tramitar un alta.
Puedes consultarlo en el informe de vida laboral, disponible gratuitamente en la sede electrónica de la Seguridad Social. El código aparece en la columna C.T. El trabajador puede comprobar así si la modalidad de alta coincide con el tipo de contrato firmado.
Las bonificaciones no se reflejan en el código de contrato, sino en otros campos del Sistema RED. Sin embargo, ciertos códigos habilitan el acceso a ellas: los contratos 421/521 (formación en alternancia) o los 130/230 (personas con discapacidad) tienen asociadas reducciones en la cotización empresarial que se gestionan de forma separada.