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¿Cómo son las faltas contempladas en el Estatuto de los Trabajadores?

Kimberlein Ríos
, HR & Legal Copywriter @PayFit
Actualizado el
6 mins
Guía sobre las faltas y sanciones del trabajador
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El Estatuto de los Trabajadores es un documento donde se recogen las normas fundamentales dentro del derecho laboral en España. En esta normativa se regula todo lo relacionado con el trabajador, el comité de empresa y su relación con los empleados, así como sus derechos, obligaciones y algunas sanciones. Al mismo tiempo, esta normativa establece las faltas leves, graves y muy graves en el Estatuto de los Trabajadores, así como las sanciones dispuestas a estas últimas. 

¿Qué es una falta en el Estatuto de los Trabajadores? ¿Qué tipo de faltas hay en el Estatuto de los Trabajadores? ¿Cuáles son las faltas leves, graves y muy graves en el Estatuto de los Trabajadores? En el artículo de hoy, te lo explicamos todo sobre qué son las faltas.

¿Qué es una falta en el Estatuto de los Trabajadores?

Se considera una falta en el Estatuto de los trabajadores cuando se está incumpliendo una obligación laboral y esta se pueda sancionar según lo establecido en la legislación actual. Se recogen las faltas leves, graves y muy graves en el Estatuto de los Trabajadores o bien en el convenio colectivo de la empresa. 

En el Estatuto de los trabajadores, las faltas leves, graves y muy graves tienen derecho a ser recurridas e impugnadas. Estas faltas se regulan mediante los artículos 54, 58 y 60 del Estatuto de los Trabajadores. El Estatuto de los Trabajadores también regula todo lo relacionado con el comité de empresa y el delegado de personal. 

⚠️ Recuerda qué...

La "doble sanción" por el mismo hecho a un trabajador está prohibida, ya que constituiría una forma de castigo excesivo o injusto. Sin embargo, las empresas pueden tomar en cuenta la reiteración de faltas al evaluar la conducta de un empleado. Esto significa que si un trabajador comete la misma falta en múltiples ocasiones, la gravedad de la situación puede aumentar y justificar una sanción más severa.

Guía sobre las faltas y sanciones del trabajador

¿Qué tipo de faltas hay en el Estatuto de los Trabajadores?

Las faltas leves, graves y muy graves en el Estatuto de los Trabajadores establecen un marco legal a seguir para posibles sanciones a empleados. A continuación te dejamos algunos de los ejemplos de lo que se considera como falta en el Estatuto de los Trabajadores:

  • Ausencias en el puesto de trabajo, injustificadas y recurrentes. 

  • Desobediencia e indisciplina

  • Ofensas e insultos verbales hacia el empresario, compañeros de trabajo o familia de estos.

  • Abuso de confianza en el puesto de trabajo.

  • Decrecimiento del rendimiento laboral de forma consciente y voluntaria.

  • Embriaguez o estar bajo la influencia de sustancias estupefacientes en el puesto de trabajo. 

  • Acoso sexual hacia otros trabajadores o mobbing.

Si el trabajador comete faltas de forma reiterada y quedan demostradas después de que el trabajador las impugne, el empresario podrá proponer un despido disciplinario para el trabajador, ya que ha incumplido el Estatuto de los Trabajadores y afectando a la organización del trabajo.

¿Cuáles son las faltas leves, graves y muy graves en el Estatuto de los Trabajadores? 

Las faltas en el Estatuto de los Trabajadores se dividen en faltas leves, faltas graves y faltas muy graves. Según el convenio colectivo por el cual el trabajador esté representado, una misma falta podrá ser calificada como falta leve, falta grave o falta muy grave. En estos casos dará igual que el trabajador tenga un contrato de trabajo indefinido o un contrato de trabajo temporal.

Por ejemplo:

  • Un retraso de 15 minutos de forma injustificada en el puesto de trabajo se considera como falta leve. Sin embargo, si esta ausencia injustificada causa perjuicios graves al trabajo, la falta dejará de ser leve y pasará a ser falta grave o muy grave. 

  • Faltar dos días al año al puesto de trabajo se considerará falta muy grave. 

  • Las ofensas e insultos verbales hacia el empresario, compañeros de trabajo o familia de estos se considerarán faltas graves. 

La gravedad de las faltas estará definida o bien en el convenio colectivo o bien en el reglamento del comité de empresa. Por otra parte, cuando se haya informado de la sanción al trabajador, esta se podrá aplicar de las siguientes maneras: 

  • Amonestación de forma verbal o escrita al trabajador sancionado. Esta forma de amonestación se suele emplear en las faltas leves.

  • Suspensión de empleo y sueldo durante días determinados. Se suele amonestar de esta forma en faltas graves o muy graves. 

  • Traslados de ubicación. Se emplean en faltas graves o muy graves.

  • Inhabilitaciones para ascensos. Este tipo de amonestación se emplea en faltas graves o muy graves. 

  • Despido disciplinario. Finalmente, en caso de faltas muy graves, se podrá despedir de forma disciplinaria al trabajador. 

No se podrá reducir el número de días de vacaciones o proceder a la reducción de jornada laboral como medida sancionadora. Como has podido ver, las faltas leves, graves y muy graves en el Estatuto de los Trabajadores son variadas y requieren de asesoría profesional para entenderlas. 

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FAQ sobre faltas y sanciones en el Estatuto de los Trabajadores

Una falta en el Estatuto de los Trabajadores ocurre cuando un empleado incumple una obligación laboral que puede ser sancionada según la legislación vigente. Las faltas pueden ser leves, graves o muy graves, y también se regulan en los convenios colectivos de la empresa.

Entre las faltas leves se incluyen, por ejemplo, retrasos injustificados de corta duración, pequeñas desobediencias o incumplimientos menores de las normas internas. Suelen sancionarse con amonestación verbal o escrita.

Las faltas graves abarcan acciones como ausencias injustificadas frecuentes, ofensas a compañeros o superiores, disminución voluntaria del rendimiento laboral, o desobediencia reiterada. Las sanciones pueden incluir suspensión de empleo y sueldo, traslado o inhabilitación para ascensos.

Las faltas muy graves son aquellas que afectan gravemente al funcionamiento de la empresa o al respeto entre trabajadores, como acoso sexual, embriaguez en el puesto de trabajo, o faltas reiteradas que no han sido corregidas. Pueden derivar en despido disciplinario.

  • Faltas leves: amonestación verbal o escrita.

  • Faltas graves: suspensión de empleo y sueldo, traslado o inhabilitación para ascensos.

  • Faltas muy graves: despido disciplinario.

No se permite sancionar mediante reducción de vacaciones o jornada laboral.

Sí, todas las faltas, sean leves, graves o muy graves, pueden ser recurridas e impugnadas por el trabajador, respetando los procedimientos establecidos en el Estatuto de los Trabajadores y en el convenio colectivo aplicable.

La doble sanción ocurre cuando un trabajador es castigado dos veces por el mismo hecho. Está prohibida por considerarse un castigo excesivo o injusto. No obstante, la reiteración de faltas sí puede aumentar la gravedad de la sanción.

El convenio colectivo de la empresa puede definir qué conductas se consideran faltas leves, graves o muy graves, e incluso puede establecer sanciones más específicas adaptadas a la actividad de la empresa.

Sí, si un trabajador comete faltas leves de manera reiterada, la empresa puede considerarlas acumulativamente para aplicar una sanción más severa, siempre respetando el principio de proporcionalidad.

Antes de aplicar cualquier sanción, la empresa debe notificar al trabajador la falta cometida, permitir que presente alegaciones y asegurarse de que la sanción cumple con lo estipulado en el Estatuto de los Trabajadores y el convenio colectivo correspondiente.