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La baja voluntaria en periodo de prueba permite al trabajador extinguir el contrato durante su transcurso y sin necesidad de alegar causa.
El periodo de prueba debe constar por escrito y respetar los límites del convenio colectivo o, en su defecto, del artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores.
Con carácter general, la baja voluntaria en periodo de prueba sin preaviso puede comunicarse de forma inmediata.
La baja voluntaria en periodo de prueba no concede derecho a paro.
El escrito de baja voluntaria en periodo de prueba debe identificar a las partes, indicar la fecha de efectos y dejar constancia clara de la voluntad de cesar.
Empezar un trabajo y descubrir en las primeras semanas que no encajas es más habitual de lo que parece. También ocurre del lado de la empresa: el periodo de prueba existe precisamente para que ambas partes comprueben si la relación laboral funciona.
Si el trabajador decide marcharse en ese momento, hablamos de baja voluntaria en periodo de prueba. En este artículo te explicamos cuándo puede hacerse, si exige preaviso, qué pasa con el paro, cómo redactar el escrito y qué conviene revisar para evitar errores legales y de gestión.
La baja voluntaria en periodo de prueba es la decisión del trabajador de extinguir la relación laboral mientras ese periodo sigue vigente. Su rasgo principal es que no hace falta justificar la salida, pero sí comprobar primero que el periodo de prueba se pactó válidamente.
La baja voluntaria durante el periodo de prueba puede producirse en cualquier momento mientras el periodo de prueba no haya vencido. Durante ese tiempo, la persona trabajadora mantiene los mismos derechos y obligaciones que tendría si ya formara parte de la plantilla, salvo los vinculados a la propia resolución del contrato.
Esto significa que el trabajador puede decidir marcharse porque el puesto no se ajusta a lo ofrecido, por organización interna, por horario o simplemente porque ha concluido que no quiere continuar. Jurídicamente, la clave no es el motivo, sino que la salida se produzca antes de que termine el periodo de prueba.
Para que la baja opere realmente como baja voluntaria en periodo de prueba, el periodo debe haberse pactado por escrito y respetar la duración fijada en el convenio colectivo. Si el convenio no dice nada, se aplican los límites supletorios del Estatuto de los Trabajadores.
| Supuesto | Límite supletorio |
|---|---|
| Técnicos titulados | Hasta 6 meses. |
| Resto de trabajadores | Hasta 2 meses. |
| Empresas de menos de 25 personas trabajadoras y no técnicos titulados | Hasta 3 meses. |
| Contratos temporales de hasta 6 meses | Hasta 1 mes, salvo convenio. |
Además, el pacto será nulo si la persona trabajadora ya realizó antes las mismas funciones en la empresa. Y hay una consecuencia práctica importante: si el periodo de prueba no era válido o ya había terminado, la salida dejaría de regirse por este régimen especial y pasarían a operar las reglas ordinarias de la baja voluntaria.
Con carácter general, la baja voluntaria en periodo de prueba puede comunicarse sin preaviso, porque durante su transcurso cualquiera de las partes puede resolver la relación laboral. Aun así, conviene revisar el contrato y el convenio aplicable por si prevén una comunicación previa o un procedimiento interno concreto.
La baja voluntaria en periodo de prueba sin preaviso no suele generar consecuencias indemnizatorias para la empresa. Lo recomendable, eso sí, es dejar constancia escrita de la decisión y de la fecha de efectos para evitar discrepancias sobre el último día trabajado, la liquidación o la cotización.
Ese matiz es relevante porque el preaviso fin de contrato fuera del periodo de prueba puede seguir reglas distintas. En cambio, dentro del periodo de prueba la salida es más flexible y su eficacia depende sobre todo de que el pacto exista, esté por escrito y continúe vigente el día del cese.
La baja voluntaria en periodo de prueba no genera indemnización, pero sí obliga a liquidar lo ya devengado hasta la fecha de efectos. En la práctica, el finiquito suele incluir el salario pendiente, la parte proporcional de pagas extra si no están prorrateadas, las vacaciones generadas y no disfrutadas y cualquier otro concepto salarial ya devengado.
Salario correspondiente a los días efectivamente trabajados;
Parte proporcional de pagas extra, si procede;
Vacaciones devengadas y no disfrutadas;
Variables o pluses ya generados conforme a contrato o convenio.
Por eso, aunque el trabajador se marche de forma inmediata, la empresa debe cerrar correctamente la liquidación y reflejar bien la baja para no provocar errores posteriores en nómina o cotización.
Modelo de carta de baja voluntaria
La renuncia voluntaria no coloca al trabajador en situación legal de desempleo y, por tanto, no da acceso inmediato a la prestación.
No. Si la salida parte de la voluntad del trabajador, el SEPE no la considera una situación legal de desempleo. Esto ocurre también cuando la renuncia se produce dentro del periodo de prueba: el marco es más flexible, pero la causa de la extinción sigue siendo voluntaria.
La confusión suele venir de mezclar dos supuestos distintos: una cosa es que la empresa ponga fin al contrato por no superación del periodo de prueba; otra, que el trabajador presente su propia renuncia. Solo el primer caso puede abrir, con requisitos, la vía del desempleo. Para más detalles sobre cómo afecta esto a la cotización por desempleo, conviene revisar el histórico de contratos.
Aquí sí hay un matiz importante. Si el trabajador deja voluntariamente una empresa y después empieza en otra, el hecho de que esa segunda empresa le cese por no superar el periodo de prueba no siempre da acceso al paro. Si no han transcurrido tres meses desde la baja voluntaria anterior, el SEPE indica que tampoco habrá derecho a la prestación.
En cambio, si desde la salida voluntaria han pasado al menos tres meses, o si la relación laboral anterior ya terminó en situación legal de desempleo, el análisis cambia. Por eso conviene revisar siempre la secuencia exacta de contratos y fechas antes de dar por hecho que existe cobertura.
El escrito de baja voluntaria en periodo de prueba no exige una fórmula solemne, pero sí debe ser claro, breve y útil como prueba documental. Cuanto mejor identifique a las partes y la fecha de efectos, menos margen habrá para errores administrativos.
Un escrito de baja voluntaria en periodo de prueba debe incluir lo siguiente:
| Elemento | Qué conviene incluir |
|---|---|
| Identificación | Nombre y apellidos del trabajador, DNI/NIE y puesto o departamento. |
| Destinatario | Empresa y, si es posible, la persona o departamento de RR. HH. que recibe la comunicación. |
| Declaración de voluntad | Una frase breve que indique que se comunica la baja voluntaria durante el periodo de prueba. |
| Fecha de efectos | El día exacto en que deja de prestarse servicio y cuál será el último día trabajado. |
| Formalización | Fecha del escrito, firma y copia sellada o acuse de recibo si se entrega por correo electrónico. |
Veamos un caso sencillo para aterrizar todo lo anterior. El ejemplo no sustituye al convenio ni al contrato, pero ayuda a ordenar el proceso y a detectar qué debe comprobar cada parte antes de cerrar la baja.
Laura empieza a trabajar el 3 de febrero de 2026 como administrativa. Su contrato incluye un periodo de prueba de 2 meses por escrito. El 20 de marzo decide marcharse porque las funciones reales no coinciden con lo pactado. Ese mismo día envía a RR. HH. un escrito breve comunicando su baja voluntaria con efectos del 21 de marzo.
En su caso, los pasos correctos serían estos:
Comprobar que el periodo de prueba sigue vigente el día del cese;
Revisar contrato y convenio por si contienen una exigencia formal adicional;
Presentar la comunicación por escrito y conservar una copia;
Confirmar la fecha exacta del último día trabajado.
La empresa debería verificar que el periodo de prueba era válido, registrar correctamente la extinción y preparar la liquidación de los conceptos pendientes. Un resumen operativo del caso sería el siguiente:
| Concepto | Aplicación en el ejemplo |
|---|---|
| Preaviso | Con carácter general, no exigible al seguir vigente el periodo de prueba. |
| Indemnización | No corresponde por tratarse de una renuncia voluntaria durante el periodo de prueba. |
| Liquidación | Sí: salario devengado, extras proporcionales y vacaciones no disfrutadas, si existen. |
| Paro | No hay acceso inmediato a la prestación por desempleo por tratarse de una baja voluntaria. |
| Gestión documental | Conviene conservar el escrito, la aceptación interna y el detalle del finiquito. |
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No. Si el periodo de prueba es válido y sigue vigente, la persona trabajadora puede comunicar su salida. La empresa debe gestionar la extinción y la liquidación correspondiente.
No. En una baja voluntaria en periodo de prueba basta con comunicar de forma clara la voluntad de cesar y la fecha de efectos. No es obligatorio justificar la decisión.
Si el periodo de prueba no se pactó por escrito, el régimen especial del artículo 14 puede no resultar aplicable. En ese caso, la salida se acercaría más a una baja voluntaria ordinaria y habría que revisar el contrato y el convenio.
Sí. La empresa debe remitir el certificado de empresa incluso cuando la persona trabajadora causa baja voluntaria, aunque luego no exista derecho a prestación.
Sí, siempre que el documento se adapte al contexto. El modelo debe indicar que la comunicación se hace durante el periodo de prueba, señalar el último día trabajado y dejar constancia de la fecha de efectos.
Con carácter general, no debería ocurrir si la baja se produce dentro de un periodo de prueba válido. Aun así, conviene revisar el convenio y el contrato por si establecen una regla específica de comunicación.

El preaviso en el periodo de prueba no es obligatorio por ley: ni empresa ni trabajador deben avisar con antelación para extinguir el contrato.

La duración del periodo de prueba, no siempre es la misma. Desde los 6 meses hasta 15 días.

El período de prueba es el tiempo inicial del contrato en el que empresa y trabajador pueden evaluar la relación laboral y extinguirla sin indemnización.

El periodo de prueba por contrato indefinido permite anticipar si la contratación será buena para las dos partes.

El periodo de prueba es un recurso esencial que tiene ventajas tanto para el empleado como para la empresa.

Renunciar el periodo de prueba en una empresa por parte del trabajador no requiere legalmente de preaviso.