
Puntos clave sobre la cotización por desempleo
Es el porcentaje sobre la base de cotización que aportan empresa y trabajador para cubrir la contingencia de desempleo.
Tipos vigentes en 2026: 7,05% en contratos indefinidos (5,50% empresa + 1,55% trabajador) y 8,30% en contratos temporales (6,70% empresa + 1,60% trabajador).
Su base reguladora se calcula a través del promedio de las bases de cotización de los últimos 180 días, excluyendo las horas extraordinarias.
Los becarios en prácticas y los empleados de hogar no cotizan por esta contingencia.
Los autónomos no cotizan por desempleo, sino por cese de actividad (0,90% en 2026 sobre la base elegida).
A nadie le gusta quedarse sin empleo, pero contar con una red de protección que garantice unos ingresos mientras se busca un nuevo trabajo es fundamental. Aquí entra en juego la cotización por desempleo, un pilar básico del sistema de la Seguridad Social en España.
En este artículo te explicamos de forma clara qué es la cotización por desempleo, cómo se refleja en la nómina, quiénes están obligados a cotizar y qué factores influyen en la prestación.
¿Qué es la cotización por desempleo?
La cotización por desempleo es el porcentaje que se aplica sobre la base de cotización y que se destina a cubrir el riesgo de quedarse sin empleo. La aportan tanto el trabajador como la empresa, y constituye una de las contingencias más importantes del sistema de la Seguridad Social.
¿Para qué sirve esta cotización?
Gracias a ella, el empleado puede acceder a una prestación por desempleo cuando su contrato se extingue de forma involuntaria (despido o fin de un contrato temporal). También financia otras medidas de apoyo al empleo, como políticas activas de inserción laboral o programas de formación promovidos por el SEPE.
¿Qué es la base de cotización por desempleo y cómo se calcula la base reguladora?
La base de cotización por desempleo es el importe sobre el que se calcula tanto lo que se cotiza mensualmente como la cuantía de la futura prestación. La base reguladora se obtiene dividiendo entre 180 las cotizaciones de los 180 días anteriores a la situación legal de desempleo, excluyendo siempre la retribución por horas extraordinarias.
Modelo interactivo - Nómina
¿Quién puede cotizar por desempleo?
En términos generales, cotizan por desempleo todos los trabajadores por cuenta ajena, ya sea con contrato indefinido, temporal o formativo, aunque el porcentaje y la propia obligación de cotizar varían según el régimen de la Seguridad Social.
| Tipo de contrato / colectivo | Aportación empresa | Aportación trabajador | Total |
|---|---|---|---|
| Indefinido (Régimen General) | 5,50% | 1,55% | 7,05% |
| Temporal / duración determinada | 6,70% | 1,60% | 8,30% |
| Empleados de hogar | — | — | No cotizan por desempleo |
| Autónomos (RETA, cese de actividad) | — | 0,90% | 0,90% |
¿Qué colectivos están excluidos?
No cotizan por desempleo los becarios o estudiantes en prácticas, tanto curriculares como extracurriculares, ya que no mantienen una relación laboral con la empresa, sino formativa. Tampoco cotizan por esta contingencia los empleados del hogar, al pertenecer a un sistema especial que no incluye la prestación por desempleo.
¿Cómo cotizan los trabajadores autónomos?
Los autónomos no cotizan por desempleo en sentido tradicional. En su lugar, pueden acceder a la prestación por cese de actividad, una cobertura equivalente que protege frente a la baja de ingresos, el cierre del negocio o situaciones de fuerza mayor, con una cuota del 0,90% en 2026 sobre la base de cotización elegida dentro del RETA.
¿Cómo se calcula la cotización por desempleo en la nómina?
El cálculo se realiza aplicando el porcentaje correspondiente sobre la base de cotización del trabajador, que coincide con el salario bruto y otros conceptos sujetos a cotización, excluyendo siempre las horas extraordinarias. Por ejemplo, si la base de cotización es de 2.000 € y el porcentaje a cargo del trabajador es del 1,55%, la retención en la nómina sería de 31 €, a la que se suma la aportación de la empresa (110 € en un contrato indefinido, al 5,50%).
¿Qué factores determinan la cuantía de la prestación?
La cuantía de la prestación depende del tipo de contrato, la duración del empleo, el salario bruto percibido y, por tanto, las bases de cotización acumuladas. También influye el total de días cotizados durante los últimos seis años, que determina la duración máxima de la prestación.
Si compartes vivienda con tu pareja o con compañeros de piso, el cálculo puede variar. Si estás casado y la vivienda es en gananciales, los metros cuadrados destinados a la actividad se computan en su totalidad, con independencia del porcentaje de titularidad formal (DGT, consulta V2310-18).
En cambio, si eres pareja de hecho o compartes la titularidad de la vivienda con otra persona (no cónyuge), el porcentaje de afectación debe ajustarse a tu cuota real de propiedad: por ejemplo, si eres titular del 50% de un piso y destinas 15 m² a tu actividad, la superficie deducible fiscalmente serán 7,5 m², no 15. Y si vives de alquiler compartido, procura que las facturas de los suministros estén a tu nombre, ya que Hacienda puede cuestionar la deducción si figuran a nombre de tu pareja o compañero de piso.
¿Cómo gestiona Payfit las cotizaciones de nómina?
Llevar un control preciso de las bases y los porcentajes de cotización ayuda a evitar incidencias ante el SEPE y la Seguridad Social.
Con Payfit, el equipo de expertos laborales revisa las bases y los tipos de cotización aplicables a cada trabajador y los incorpora correctamente al proceso de nómina. También prepara la documentación necesaria, como los certificados de empresa para tramitar una prestación, mientras la empresa mantiene visibilidad sobre la gestión.
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