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Cotización de los becarios en la Seguridad Social, ¿qué hay que saber?
¿Sabías que la cotización de los becarios es ahora obligatoria, aunque solo en ciertos casos? Es una cuestión que debes tener muy en cuenta en la gestión de los recursos humanos de tu empresa. En este post explicamos a los empresarios y departamentos de RRHH todos los detalles sobre la figura del becario y la cotización de los becarios en la Seguridad Social.
¿Por qué se le exige a un becario la cotización?
Hasta hace unos años, la cotización de los becarios no era obligatoria porque, como seguro que sabes, no se trata realmente de una relación laboral.
Si revisas los tipos de contratos de trabajo regulados en nuestro ordenamiento jurídico, verás que no hay ninguno que haga referencia expresa a esta figura. Eso se debe a que, como acabamos de señalar, no estamos realmente ante un contrato de trabajo.
Una beca profesional puede consistir tanto en unas prácticas curriculares como en unas prácticas extracurriculares, como explicamos en nuestro post sobre qué es un becario.
Con el convenio de prácticas del becario no se busca que el empresario cubra un puesto de trabajo en su empresa, sino que el estudiante le dé una aplicación práctica a sus conocimientos. Es un medio para proveer con una primera experiencia en el mundo laboral a aquellos que no han terminado su formación.
Las prácticas curriculares no suelen ser remuneradas, aunque pueden serlo. Las extracurriculares, por su parte, suelen serlo. De todas formas, no existe obligación legal de retribución al no tratarse de una prestación de servicios. Solo en caso de que se realicen prácticas remuneradas la empresa tendrá que dar de alta en la Seguridad Social al becario.
Si ahora se exige la cotización de los becarios es por un doble motivo. En primer lugar, para evitar abusos por parte de los empresarios. En segundo lugar, para dar más protección a los jóvenes que comienzan su carrera laboral.
Recuerda
No es lo mismo un contrato de prácticas que un convenio de prácticas de un becario al que, coloquialmente, se le conoce como contrato de becario.
¿Cuál es el grupo de cotización de los becarios?
La relación entre becario y empresario surge a raíz de un convenio de colaboración firmado entre la empresa y el centro educativo. Y con esto te puedes preguntar, “Si no existe contrato de trabajo, ¿cómo se gestiona en el caso de los becarios la cotización?”.
Los estudiantes contribuyen a la Seguridad Social siguiendo las normas establecidas para los contratos de formación y aprendizaje (no los confundas con el contrato en prácticas). No obstante, en el contrato del becario la cotización es algo diferente. Se lleva a cabo por contingencias comunes y profesionales, pero no por desempleo, Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) ni por formación profesional.
La cotización de los becarios por contingencias comunes y profesionales les ofrece protección en caso de estar enfermos o sufrir un accidente o una enfermedad profesional. Y también se tiene en cuenta para el futuro, a la hora de recibir prestaciones y la pensión de jubilación. Para lo que no computa el tiempo de la beca es para cobrar el paro después.
¿Quieres saber más sobre los grupos de cotización de la Seguridad Social?
¿La cotización de los becarios es siempre obligatoria?
Como se deduce de lo explicado hasta ahora, no, no lo es siempre. Nuestra legislación establece que sólo hay obligación de darlos de alta en la Seguridad Social cuando reciben una remuneración durante su estancia en la empresa.
Una beca profesional no tiene por qué ser remunerada. No obstante, en la mayoría de los casos, los empresarios suelen abonar una pequeña cantidad. Con ella se intenta cubrir, al menos, los gastos que genera el acudir a la empresa todos los días.
Si el estudiante en prácticas no cobra, no existe la obligación de cursar su alta en el Régimen General de la Seguridad Social. Ahora bien, si percibe una remuneración, aunque sea mínima, entonces sí deberá estar cotizando.
La cotización de todos los becarios, aunque no hagan prácticas remuneradas, es una reclamación de los sindicatos mayoritarios desde hace años.
¿Cuáles son los requisitos para la cotización de los becarios?
Para que la cotización de los becarios se dé en términos legales, deben cumplirse cuatro requisitos:
Que exista un convenio de prácticas entre el centro educativo y la empresa.
Que haya una bolsa de ayuda o remuneración para el estudiante.
Contar con un DNI o NIE en vigor.
Tener número de afiliación (NAF) en la Seguridad Social.
Si la beca es la primera experiencia laboral del interesado, es posible que no tenga número de afiliación a la Seguridad Social. En este caso, el primer paso es solicitar dicho número, algo que puede hacerse a través de la Sede Electrónica de la Administración.
¿Cuál es la cotización de los becarios en 2022?
Igual que ocurre con los trabajadores, la cotización de los becarios va variando cuando se hacen ajustes en la legislación aplicable.
Por contingencias comunes se paga una cuota única mensual de 56,71 euros, de los cuales 47,28 euros los aporta la empresa y 9,43 euros el trabajador. Por contingencias profesionales se paga una cuota única mensual de 6,51 euros que abona íntegramente el empresario. Hay que tener en cuenta que esta cuota únicamente se da en prácticas extracurriculares, ya que las curriculares están bonificadas al 100% y el coste es 0 euros.
La cotización de los becarios no es demasiado compleja. Es importante que las empresas y los autónomos conozcan las obligaciones básicas relacionadas con ella. De esta manera, podrán cumplir con la legalidad vigente si deciden contar con la ayuda de estudiantes. ¿Necesitas que te echen una mano con la gestión de tu personal? Solicita ahora una demostración gratuita para que veas cómo podemos ayudarte en PayFit.
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