Las lluvias intensas, las inundaciones, los vientos fuertes o las nevadas pueden impedir que una persona llegue al trabajo con seguridad.
Para responder a estas situaciones, el Estatuto de los Trabajadores contempla un permiso retribuido por climatología adversa. Este permiso puede aplicarse cuando no es posible acceder al centro de trabajo o existe un riesgo grave e inminente.
Aunque suele conocerse como permiso climático, esta no es la denominación oficial de la norma.
¿Dónde está regulado?
El permiso aparece regulado en el artículo 37.3.g del Estatuto de los Trabajadores. Esta disposición fue introducida por el Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre.
La norma contempla el derecho a ausentarse del trabajo cuando una persona no puede acceder al centro o desplazarse por las vías necesarias debido a:
Recomendaciones, limitaciones o prohibiciones de desplazamiento de las autoridades.
Una situación de riesgo grave e inminente.
Una catástrofe o un fenómeno meteorológico adverso.
La aplicación concreta depende de las circunstancias de cada caso y de la información disponible para acreditar la situación.
¿Cuánto dura el permiso?
El permiso puede durar hasta cuatro días retribuidos.
Si la situación continúa después de esos cuatro días, el permiso puede prolongarse mientras persistan las circunstancias que impiden acudir al centro de trabajo.
Cuando la situación se mantiene, la empresa también puede valorar otras medidas previstas en la normativa, como la suspensión temporal del contrato o la reducción de jornada por fuerza mayor, de acuerdo con el artículo 47.6 del Estatuto de los Trabajadores.
¿Cuándo puede aplicarse?
El permiso puede resultar aplicable cuando las condiciones meteorológicas hacen imposible o peligroso el desplazamiento. Por ejemplo:
Las autoridades recomiendan no circular.
Las carreteras o los accesos al centro están cortados.
El transporte público queda suspendido.
Una inundación impide salir de una zona o llegar al centro de trabajo.
Existe riesgo por caída de ramas, objetos, nieve u otros elementos.
Una catástrofe o un fenómeno meteorológico impide desplazarse con seguridad.
La persona trabajadora debe informar a la empresa cuanto antes y conservar la información que permita acreditar la situación. Puede tratarse de avisos de organismos oficiales, comunicaciones de Protección Civil o indicaciones de las autoridades locales.

¿Sabías que…?
Ante un episodio de climatología adversa, la empresa puede establecer el teletrabajo. Por ello, para hacerlo, tu puesto debe permitirlo y debes contar con los medios, la conexión y las condiciones necesarias. Si hay cortes de suministro, problemas de conexión o no puedes trabajar con normalidad, el teletrabajo no será viable.
¿Qué debe hacer cada parte ante un episodio de climatología adversa?
Ante un episodio de climatología adversa, la persona trabajadora y la empresa deben actuar con rapidez y claridad. La primera prioridad es garantizar la seguridad, informar de la situación y valorar si el teletrabajo u otra medida resulta viable.
| Persona trabajadora | Empresa |
|---|---|
| Informar a la empresa lo antes posible | Comunicar al equipo qué pasos debe seguir |
| Consultar las indicaciones de las autoridades | Revisar las recomendaciones y restricciones oficiales |
| Conservar la información relacionada con la situación | Conservar la documentación que justifique el permiso o la ausencia |
| Proponer el teletrabajo si el puesto y las condiciones lo permiten | Valorar si el teletrabajo resulta viable y comunicar las opciones disponibles |
| Reincorporarse cuando desaparezca la causa que impedía acudir al centro | Registrar correctamente el permiso o la ausencia |
| No ponerse en riesgo para desplazarse al trabajo | Aplicar criterios claros y homogéneos a toda la plantilla |
| — | Valorar otras medidas si la situación se prolonga |
Recuerda que…
El permiso por imposibilidad de desplazamiento debido a climatología adversa no es el mismo que el permiso por fuerza mayor familiar.
El permiso climático responde a una situación que impide acudir al trabajo o que genera un riesgo grave e inminente por un fenómeno meteorológico u otra circunstancia similar.
El permiso por fuerza mayor familiar permite ausentarse por motivos familiares urgentes, según las condiciones previstas en el artículo 37.9 del Estatuto de los Trabajadores.
Son permisos distintos y no deben confundirse al registrar la ausencia.
El permiso retribuido por climatología adversa ofrece un marco para actuar cuando las condiciones meteorológicas impiden acudir al trabajo con seguridad.
Anticipar los pasos, comunicar las opciones y registrar correctamente la situación ayuda a proteger al equipo y a gestionar la nómina con claridad. La aplicación del permiso depende de las circunstancias concreta.









