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¿Qué es el permiso parental de 8 semanas y cómo funciona en 2026?

Kimberlein Ríos
, Redactora de contenidos de RR. HH. y derecho laboral @PayFit
Actualizado el
7 mins
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Puntos clave sobre el permiso parental

  • El permiso parental de 8 semanas es un derecho individual e intransferible recogido en el artículo 48 bis del Estatuto de los Trabajadores, destinado al cuidado de hijos menores de 8 años.
  • Está en vigor desde el 30 de junio de 2023, tras la aprobación del Real Decreto-ley 5/2023 (Ley de Familias).
  • Novedad 2026: 2 de las 8 semanas pasan a ser retribuidas al 100 % de la base reguladora por la Seguridad Social, para nacimientos desde el 2 de agosto de 2024 (RDL 9/2025). Las 6 restantes siguen sin retribución salvo mejora por convenio.
  • Se puede disfrutar de forma continua o discontinua, por semanas completas, hasta que el menor cumpla 8 años.
  • La solicitud debe realizarse ante la empresa con un mínimo de 10 días de antelación.
  • No debe confundirse con el permiso por nacimiento y cuidado del menor, que tras el RDL 9/2025 alcanza las 19 semanas retribuidas en familias biparentales.

El permiso parental de 8 semanas es una de las medidas de conciliación más relevantes del marco laboral español actual. Introducido en 2023, permite a los trabajadores ausentarse del trabajo para dedicarse al cuidado de sus hijos menores de 8 años, con la garantía de conservar su puesto.

Sin embargo, su aplicación práctica ha generado dudas, especialmente en torno a su retribución, sus requisitos y su relación con otros permisos. En este artículo te explicamos cómo funciona el permiso parental en 2026, qué ha cambiado con el RDL 9/2025 y qué debe tener en cuenta tu departamento de RRHH para gestionarlo correctamente.

¿Qué es el permiso parental de 8 semanas?

El permiso parental de 8 semanas es un periodo de suspensión del contrato de trabajo destinado al cuidado de un hijo o menor en acogida, que puede utilizarse desde el nacimiento y hasta que el menor cumpla ocho años de edad. Está regulado en el artículo 48 bis del Estatuto de los Trabajadores, introducido por el Real Decreto-ley 5/2023.

Se trata de un derecho individual e intransferible: cada progenitor dispone de sus propias 8 semanas, sin posibilidad de cederlas al otro. Tampoco es necesario que ambos trabajen en la misma empresa ni bajo el mismo régimen laboral.

¿Quién puede solicitar el permiso parental de 8 semanas?

Puede solicitar el nuevo permiso parental de 8 semanas cualquier persona trabajadora, ya sea hombre o mujer, que tenga un hijo biológico, adoptado o en acogida menor de 8 años. Los requisitos son:

  • Tener una relación laboral activa (contrato indefinido, temporal, a tiempo completo o parcial).

  • Que el menor no haya cumplido 8 años en el momento de disfrutar el permiso.

  • Comunicar la solicitud a la empresa con al menos 10 días de antelación (15 en el caso de funcionarios).

El derecho se mantiene incluso si los progenitores están separados, ya que es un permiso individual, no condicionado al uso que haga el otro progenitor.

¿Cómo funciona el permiso parental de 8 semanas?

El permiso parental de 8 semanas ofrece una notable flexibilidad en su disfrute:

  • Puede tomarse de forma continua o discontinua.

  • Se disfruta por semanas completas (periodos de 7 días).

  • Es posible fraccionarlo: por ejemplo, 2 semanas ahora y 3 más adelante.

  • Se puede disfrutar a jornada completa o, si la empresa lo acepta, a tiempo parcial.

Es importante destacar que las 8 semanas son el total acumulado por cada hijo, no 8 semanas anuales. Es decir, el trabajador dispone de un máximo de 8 semanas para repartir a lo largo de los primeros 8 años de vida del menor.

Importante

Si dos empleados de la misma empresa solicitan el permiso parental por el mismo menor, la empresa puede aplazar el disfrute de uno de ellos por un periodo razonable, siempre que lo justifique por escrito y ofrezca una alternativa de disfrute igualmente flexible.

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¿El permiso parental de 8 semanas es retribuido?

Esta es la pregunta que más confusión genera. La respuesta en 2026 es: parcialmente sí. La situación ha evolucionado significativamente desde 2023.

¿Qué parte del permiso parental es retribuida en 2026?

Gracias al Real Decreto-ley 9/2025, aprobado el 29 de julio de 2025, 2 de las 8 semanas son retribuidas al 100 % de la base reguladora, abonadas directamente por la Seguridad Social. Esta retribución se aplica a los nacimientos, adopciones o acogimientos producidos desde el 2 de agosto de 2024, y su solicitud es posible desde el 1 de enero de 2026.

Las 6 semanas restantes siguen sin retribución salvo mejora por convenio colectivo o acuerdo de empresa. Durante ese periodo, el contrato se suspende: no existe obligación de trabajar ni de abonar salario, pero el trabajador mantiene el alta y la cotización a la Seguridad Social.

En el caso de familias monoparentales, el derecho se amplía a 4 semanas retribuidas.

¿Cuál ha sido la evolución de la retribución del permiso parental?

Año Situación Retribución
2023 Entrada en vigor (RDL 5/2023) No retribuido
2024 Se anuncian planes de retribución; la UE multa a España No retribuido (salvo sentencias judiciales)
2025 RDL 9/2025 (julio): se amplía el permiso por nacimiento a 19 semanas 2 semanas pasan a ser retribuidas (efectivo desde 01/01/2026)
2026 Vigente: sistema mixto 2 semanas retribuidas al 100 %; 6 semanas sin retribución

¿Cuál es la diferencia entre el permiso parental y el permiso por nacimiento?

Es fundamental no confundir el permiso parental de 8 semanas con el permiso por nacimiento y cuidado del menor. Son derechos distintos, con regulaciones y condiciones diferentes.

Aspecto Permiso parental (8 semanas) Permiso por nacimiento (19 sem.)
Base legal Art. 48 bis ET (RDL 5/2023) Art. 48 ET (RDL 9/2025)
Duración 8 semanas por progenitor 19 semanas (biparental) / 32 sem. (monoparental)
Retribución 2 semanas al 100 % BR; 6 sin retribución 100 % de la base reguladora
Hasta cuándo Hasta los 8 años del menor Primeros 12 meses de vida
Quién paga Seguridad Social (2 sem.) / sin pago (6 sem.) Seguridad Social

Ambos permisos son compatibles y acumulables: un trabajador puede disfrutar primero las 19 semanas del permiso por nacimiento y posteriormente las 8 semanas del permiso parental, que son de libre disposición hasta los 8 años del menor. Es importante tener en cuenta también que las 6 primeras semanas del permiso de nacimiento son obligatorias para ambos progenitores.

¿Cómo debe gestionar la empresa el permiso parental de 8 semanas?

Para los departamentos de RRHH, la correcta gestión del permiso parental implica conocer tanto las obligaciones legales como los aspectos prácticos de su tramitación.

¿Qué obligaciones tiene la empresa?

  • La empresa no puede denegar el permiso. Solo puede proponer un ajuste de fechas si demuestra razones organizativas justificadas y ofrece una alternativa igualmente flexible.

  • Debe mantener el alta del trabajador en la Seguridad Social durante todo el periodo de permiso.

  • El trabajador conserva su derecho a la reincorporación al mismo puesto o a uno equivalente.

  • El despido motivado por la solicitud o disfrute del permiso se presume nulo.

¿Cómo se solicitan las 2 semanas retribuidas?

Las 2 semanas retribuidas del permiso parental 2026 se tramitan a través del portal Tu Seguridad Social (sede electrónica de la Seguridad Social), no ante la empresa directamente. La empresa debe facilitar el certificado de empresa que acredite los datos laborales del solicitante.

La solicitud debe presentarse con un máximo de 15 días de antelación respecto al inicio del disfrute. El abono corre a cargo del INSS y equivale al 100 % de la base reguladora.

¿Cómo funciona el permiso parental en la práctica? Ejemplo

Supuesto: María es responsable de RR. HH. en una pyme de 25 empleados. Un trabajador, Pedro, tiene un hijo nacido en octubre de 2024 y solicita disfrutar de 4 semanas de permiso parental en marzo de 2026.

Gestión:

  • Pedro comunica su solicitud por escrito con 10 días de antelación, indicando las fechas concretas.

  • María verifica que el menor es menor de 8 años y que Pedro no ha agotado sus 8 semanas previas.

  • Como el hijo nació después del 2 de agosto de 2024, 2 de las 4 semanas serán retribuidas al 100 % por la Seguridad Social. Las otras 2 semanas serán sin retribución.

  • Pedro tramita la solicitud de la prestación económica a través de Tu Seguridad Social, y la empresa facilita el certificado de empresa.

  • Durante las 4 semanas, Pedro mantiene el alta en la Seguridad Social y su derecho a reincorporarse al mismo puesto.

  • Pedro conserva 4 semanas más de permiso parental para usar en el futuro, antes de que su hijo cumpla 8 años.

La gestión de los permisos parentales puede resultar compleja, especialmente cuando conviven distintos tipos de ausencias (nacimiento, lactancia, permiso parental) con requisitos de tramitación diferentes. Contar con un software de nóminas que centralice la gestión de ausencias y mantenga la información actualizada facilita el cumplimiento normativo y reduce errores.

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Preguntas frecuentes sobre el permiso parental de 8 semanas

El permiso parental de 8 semanas es por cada hijo. Es decir, si un trabajador tiene dos hijos menores de 8 años, dispone de 8 semanas para cada uno. No son 8 semanas anuales, sino 8 semanas acumuladas para repartir hasta que cada menor cumpla 8 años.

Los requisitos principales para acceder al permiso parental son: tener una relación laboral activa (por cuenta ajena o propia), que el hijo o menor en acogida no haya cumplido 8 años, y comunicar la solicitud a la empresa con al menos 10 días de antelación. No se exige justificar circunstancias especiales.

El permiso parental de 8 semanas está en vigor desde el 30 de junio de 2023 (RDL 5/2023). La novedad de 2026 es que, gracias al RDL 9/2025, 2 de las 8 semanas son retribuidas al 100 % por la Seguridad Social para nacimientos desde el 2 de agosto de 2024, y se pueden solicitar desde el 1 de enero de 2026.

La ley prevé la posibilidad de disfrutar el permiso parental de 8 semanas a tiempo parcial, aunque esta modalidad está condicionada al desarrollo reglamentario y al acuerdo con la empresa. En la práctica, el disfrute más habitual es por semanas completas a jornada completa.

No. La empresa no puede denegar el permiso parental de 8 semanas, ya que es un derecho reconocido en el Estatuto de los Trabajadores. Solo puede proponer un ajuste de fechas por razones organizativas justificadas, siempre por escrito y ofreciendo una alternativa igualmente flexible. La jurisprudencia reciente ha impuesto indemnizaciones significativas a empresas que han denegado el permiso sin causa justificada.

Durante el disfrute del permiso parental, el trabajador mantiene el alta en la Seguridad Social y la empresa debe seguir cotizando. En el caso de los autónomos, deberán abonar las cotizaciones correspondientes a la base mínima durante el periodo de permiso.