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¿La Inspección de Trabajo y Seguridad Social, cómo funciona?

Kimberlein Ríos
, HR & Legal Copywriter @PayFit
Actualizado el
7 mins
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La Inspección de Trabajo y Seguridad Social desempeña un papel crucial en el cumplimiento de las normativas laborales y de Seguridad Social en España. Este organismo estatal actúa como garante del ordenamiento laboral, asegurando que las empresas respeten la legislación vigente en materia de contratación, cotizaciones, jornada laboral, prevención de riesgos laborales y derechos fundamentales de los trabajadores. Además, la inspección de trabajo y seguridad social tiene funciones clave para detectar y combatir el fraude laboral, la economía sumergida y cualquier irregularidad que comprometa la estabilidad del sistema de Seguridad Social.

Gracias a su labor, se promueven condiciones de trabajo seguras, dignas y justas, y se preserva el equilibrio entre las obligaciones de los empleadores y la protección de los empleados. Esta vigilancia activa permite que el mercado laboral sea más transparente, equitativo y responsable, reforzando la confianza entre empresas, trabajadores y Administración pública.

La actuación del organismo estatal de Inspección de Trabajo y Seguridad Social no solo es preventiva, sino también correctiva: interviene ante denuncias, revisa documentación, hace visitas sin previo aviso y aplica la normativa recogida en la ley ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, además de otras leyes laborales y sociales. Por eso, conocer cómo funciona y qué competencias tiene esta entidad resulta esencial para cualquier empresa o departamento de Recursos Humanos.

¿Sabrías decir qué es exactamente la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y cómo afecta a tu empresa? En este post explicamos, de forma clara y práctica, todos los detalles sobre el funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, sus procedimientos y lo que debes tener en cuenta como empleador o responsable de RR. HH. para cumplir correctamente con la normativa laboral en España.

¿Qué es el organismo estatal de Inspección de Trabajo y Seguridad Social?

El organismo estatal de inspección de trabajo y Seguridad Social se estructura a través de:

  • La Dirección Especial, competente en todo el país. Controla el cumplimiento de todas las normas y reglamentos relativos a la Seguridad Social, el empleo, las relaciones laborales, las migraciones, la prevención de riesgos laborales y la economía social.

  • Las direcciones territoriales, que ejercen sus funciones en cada territorio autonómico. Una de sus principales funciones es llevar a cabo las inspecciones de su competencia.

  • Las inspecciones provinciales, una por provincia española. También se encuentran en Ceuta y Melilla.

¿Cuál es la ley ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social?

Este organismo está regulado por la Ley Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 23/2015, de 21 de julio y el Reglamento de Ordenación y Funcionamiento (Real Decreto 138/2000, de 4 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social). 

No obstante, estas normativas no son las únicas en las que se regula; también encontramos la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (RDL 5/2000, de 4 de agosto) es la que regula la inspección de trabajo y sanciones.

¿La Inspección de trabajo y Seguridad Social, qué funciones tiene?

Según la Ley Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, este organismo lleva a cabo sus funciones de inspección y asistencia técnica según las siguientes modalidades:

  • Visita del funcionario a los lugares de trabajo, sin previo aviso. Puede acudir más de una vez si es necesario.

  • Comparecencia de los denunciados ante el funcionario, en la oficina pública que se les requiera.

  • Revisión de la información que se encuentra en la Administración para comprobar si se cumple la normativa aplicable en la gestión de recursos humanos.

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¿Cuánto puede durar una inspección de trabajo?

Las funciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social no pueden realizarse en un periodo superior a los 9 meses de duración, que podrán ampliarse por otro periodo de la misma duración si:

  • La inspección es especialmente compleja por el número de operaciones que realizar o la dispersión de las actividades que comprobar.

  • El sujeto inspeccionado ha ocultado información al inspector para dificultar el procedimiento.

  • La actividad inspectora necesita de cooperación administrativa, incluso internacional.

¿En qué consiste el procedimiento sancionador?

La Inspección de Trabajo solamente puede proponer sanciones una vez ha concluido su actividad y ha llevado a cabo un acta de infracción. A partir de aquí, la facultad de sancionar recae en la autoridad administrativa correspondiente, que en la mayoría de los casos depende de la Administración autonómica.

El procedimiento se inicia cuando Inspección comunica a la empresa el acta de infracción. Hay que tener en cuenta que, llegado este punto, los denunciantes tienen que solicitar personarse en el expediente. Si esto no se hace, no tendrán acceso a la misma información y procedimientos que la empresa. De esta manera, podrán conocer también las alegaciones de la empresa (aparte de hacer las suyas propias) y saber cómo va el desarrollo del expediente.

Desde el momento en que hay un acta de infracción, todas las partes interesadas tienen 15 días para hacer alegaciones por escrito. Así, la empresa puede solicitar audiencia ante la autoridad laboral en el caso de presentar alegaciones o solicitar una ampliación del informe emitido. Esta autoridad deberá tomar una decisión como máximo en ocho días, siempre antes de que se produzca una resolución.

¿Cómo finaliza el expediente administrativo?

Todo el proceso del expediente administrativo acaba con una resolución que lleva a cabo la autoridad laboral, y que puede anular, cambiar o aceptar el acta de infracción que haya emitido la Inspección de Trabajo.

En cualquier caso, si pasa más de medio año desde que se emitiese este documento, no podrá continuar con la tramitación del expediente y deberá archivarse. La única excepción a esto es que se haya retrasado el procedimiento por culpa del reglamento o de las partes interesadas en el procedimiento.

Una vez se haya dictado la resolución final, es posible la interposición de un recurso ordinario ante el organismo que dictó la resolución. Para ello, hay un plazo máximo de un mes. Posteriormente, la Administración dispondrá de 90 días para responder. Si se produce un silencio administrativo, hay que considerarlo como una respuesta negativa al recurso.

En conclusión, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social desempeña un papel indispensable en la regulación y supervisión del cumplimiento de las normativas laborales en España. Su labor no solo garantiza que se respeten los derechos de los trabajadores, sino que también promueve un entorno laboral justo y seguro. A través de sus acciones, esta entidad ayuda a prevenir el fraude laboral, la explotación y cualquier irregularidad que pueda surgir, asegurando así la integridad y la equidad en el mercado laboral. 

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Preguntas frecuentes sobre la Inspección de Trabajo y Seguridad Social

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social es un organismo estatal cuya misión es garantizar el cumplimiento de la normativa laboral y de Seguridad Social en España. Su labor abarca desde la supervisión de las relaciones laborales hasta la comprobación de las obligaciones en materia de cotizaciones sociales. Además, actúa como un mecanismo protector para los trabajadores, asegurando que se respeten sus derechos, se mantengan condiciones de trabajo dignas y se cumplan las normas de prevención de riesgos laborales. Gracias a la acción de la inspección, se combate el fraude laboral, la economía sumergida y cualquier práctica empresarial que pueda vulnerar la ley. Por ello, su papel es clave para mantener un sistema laboral equilibrado, seguro y transparente.

Las funciones de la inspección de trabajo y seguridad social, según la Ley Ordenadora, incluyen vigilar y exigir el cumplimiento de todas las normas laborales, estudiar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, controlar las cotizaciones de la Seguridad Social y combatir las infracciones en el ámbito laboral. Estas funciones se realizan a través de visitas sin previo aviso, requerimientos documentales y actuaciones de asesoramiento técnico cuando la empresa lo solicita. También participa en campañas específicas, investigaciones por denuncias y actuaciones de prevención dirigidas a detectar riesgos laborales. En conjunto, estas funciones contribuyen a garantizar un marco laboral seguro, justo y regulado.

El organismo estatal se rige principalmente por la Ley Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 23/2015, que establece su estructura, competencias y procedimientos. A esta ley se suma el Reglamento de Organización y Funcionamiento, aprobado por el Real Decreto 138/2000, que detalla cómo deben desarrollarse las actuaciones inspectoras. Además, la inspección aplica la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), el marco jurídico que define qué conductas se consideran infracciones laborales y cuáles son sus sanciones. Estas normativas forman un sistema completo que permite a la inspección actuar con eficacia en todo el territorio.

Una inspección de trabajo y seguridad social puede comenzar por diferentes vías. La más habitual es la denuncia de un trabajador, un representante sindical o incluso un ciudadano que detecte posibles irregularidades. Sin embargo, muchas inspecciones no nacen de denuncias, sino de campañas planificadas por la Administración para controlar sectores específicos, o de actuaciones de oficio motivadas por indicios de fraude. Una vez iniciada, el inspector puede hacer una visita a la empresa sin previo aviso, solicitar documentación, entrevistar a trabajadores o requerir la comparecencia de responsables de Recursos Humanos. En todos los casos, el objetivo es verificar si se cumplen las obligaciones laborales y de seguridad social.

La duración máxima de una inspección de trabajo es de 9 meses, aunque este plazo puede ampliarse hasta otros 9 meses adicionales cuando la actuación sea especialmente compleja. Esto ocurre, por ejemplo, cuando una empresa desarrolla actividades en distintos centros, cuando hay muchos aspectos que revisar o cuando la propia empresa dificulta la investigación ocultando información. También se puede ampliar el plazo si la actuación requiere cooperación administrativa o internacional. En cualquier caso, la actuación inspectora debe ser diligente y justificada, respetando siempre el derecho de la empresa a conocer los motivos de la ampliación del plazo.

Cuando la inspección de trabajo detecta irregularidades, el inspector puede emitir un acta de infracción, que recoge los hechos comprobados y la propuesta de sanción. Este documento no implica una sanción inmediata: la autoridad laboral competente debe revisarlo y decidir si confirma, modifica o anula la propuesta. Las consecuencias pueden incluir multas económicas, la obligación de regularizar cotizaciones a la Seguridad Social, la alta retroactiva de trabajadores no declarados o la implementación de mejoras en materia de prevención de riesgos laborales. Tanto la empresa como los denunciantes disponen de 15 días para presentar alegaciones, aportar pruebas o solicitar audiencia ante la autoridad laboral.

Sí. Una vez que la autoridad laboral dicta resolución sobre el acta de infracción, la empresa tiene derecho a presentar un recurso ordinario en el plazo de un mes. Mediante este recurso, puede solicitar la revisión de los hechos, rebatir la propuesta sancionadora o aportar nueva documentación. La Administración dispone de 90 días para responder; si no lo hace, se entiende que existe un silencio administrativo negativo. Si el recurso es rechazado, la empresa puede acudir a la vía contencioso-administrativa, donde un juez valorará la legalidad de la actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y de la resolución administrativa. Es un proceso que garantiza el derecho a la defensa y la revisión jurídica de las decisiones administrativas.