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¿Qué hay que saber sobre la Seguridad Social y la empresa?

Kimberlein Ríos
, HR & Legal Copywriter @PayFit
Actualizado el
10 mins
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Las cotizaciones de la Seguridad Social en 2026 se enmarcan dentro del proceso de reforma del sistema de pensiones y del refuerzo de la sostenibilidad financiera del modelo actual. La actualización de las bases mínimas y máximas, la evolución del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) y los ajustes en determinados complementos y recargos tienen un impacto directo tanto en el coste laboral de las empresas como en las prestaciones futuras de los trabajadores.

En este contexto, resulta fundamental comprender cómo afecta la subida de las cotizaciones a la Seguridad Social, qué implicaciones tiene la nueva forma de cotizar para colectivos como autónomos y becarios, y de qué manera influyen los grupos y la tabla de cotizaciones de la Seguridad Social en 2026. Estar al día de estos cambios no solo permite cumplir con la normativa vigente, sino también planificar de forma eficiente los costes y evitar errores en las obligaciones con la Seguridad Social.

¿Cuáles son los cambios en la base máxima de cotización para 2026? ¿Cómo evoluciona el mecanismo de equidad intergeneracional (MEI)? ¿En qué consiste la subida adicional vinculada al complemento por brecha salarial y qué efectos tiene en las nóminas? En este artículo te ofrecemos una visión clara y actualizada de las principales novedades introducidas tras la aprobación del sistema de pensiones, para que puedas entender y aplicar correctamente las cotizaciones de la Seguridad Social en 2026.

¿Qué son las bases de cotización de la Seguridad Social?

La base de cotización se corresponde con el salario mensual bruto de un empleado, abarcando tanto las pagas extraordinarias prorrateadas como las horas extra realizadas. Es imperativo que todos los trabajadores coticen en la Seguridad Social para acceder a los beneficios proporcionados por este sistema, que incluyen asistencia sanitaria y cobertura en situaciones como desempleo, jubilación, incapacidad temporal, así como circunstancias como la baja por maternidad. Así mismo, el importe de las prestaciones varía según las contribuciones a la Seguridad Social, determinando si la prestación será más o menos cuantiosa.

Es importante mencionar que las bases de cotización difieren según el régimen al que esté afiliado el trabajador, ya sea el régimen general, el régimen de autónomos, el régimen de trabajadores del mar, el sistema especial de trabajadores agrarios o el de empleados de hogar.

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¿Cuáles son los cambios en la base máxima de cotización para 2026?

Como bien sabes, el Real Decreto-ley 16/2025 para el ejercicio 2026 fijó que, a partir del 1 de enero de 2026, la base máxima de cotización será de 5.101,20 euros mensuales, sin importar los rendimientos netos obtenidos.

Pues bien, a partir del año 2026, se implementarán ajustes en las cotizaciones a la Seguridad Social, específicamente mediante el aumento de la base máxima de cotización. Esta base, que establece el límite para el cálculo de las contribuciones al sistema, establece una subida gradual de las bases máximas de cotización entre 2024 y 2050 de acuerdo al IPC más 1,2 puntos porcentuales.

A día de hoy, aún no disponemos de toda la información necesaria para poder establecer la subida de las cotizaciones de la Seguridad Social. Además, es importante establecer que la base de cotización para 2026 son: la base de cotización mínima establecida es la de 2025, que se estableció en 1.381,20 euros mensuales, y la base de cotización máxima se estableció en 5.101,20 euros mensuales. 

A continuación, te dejamos con una tabla de cotizaciones para 2026 con los 11 grupos establecidos por la Seguridad Social.

Grupo de Cotización Categorías Profesionales Bases mínimas euros/mes Bases máximas euros /mes
Grupo 1 Ingenieros y Licenciados.Personal de alta dirección no incluido en el artículo 1.3.c) del Estatuto de los Trabajadores 1.929 5.101,20
Grupo 2 Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados 1.599,60 5.101,20
Grupo 3 Jefes Administrativos y de Taller 1.391,70 5.101,20
Grupo 4 Ayudantes no Titulados 1.381,20 5.101,20
Grupo 5 Oficiales Administrativos 1.381,20 5.101,20
Grupo 6 Subalternos 1.381,20 5.101,20
Grupo 7 Auxiliares Administrativos 1.381,20 5.101,20
Grupo 8 Oficiales de primera y segunda 46,04 163,65
Grupo 9 Oficiales de tercera y Especialistas 46,04 163,65
Grupo 10 Peones 46,04 163,65
Grupo 11 Trabajadores menores de dieciocho años, cualquiera que sea su categoría profesional 46,04 163,65

¿Qué es el MEI?

El MEI, o Mecanismo de Equidad Intergeneracional, es una forma novedosa de cotización introducida por el Gobierno con el objetivo de incrementar los recursos destinados por la Seguridad Social al sistema de pensiones.

Desde 2023 y conforme a lo publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) se aplicó un porcentaje del 0,6% del MEI en las nóminas, y se anticipa que este índice experimentará incrementos hasta el año 2050. Fue una de las nuevas cotizaciones a la Seguridad Social. Es decir, esta modificación introduce un "instrumento que sigue una lógica completamente diferente y, en lugar de comprometer las pensiones de los jóvenes, asegura la continuidad del sistema que conocemos, recuperando así el Fondo de Reserva".

¿Qué pasa con el mecanismo de equidad intergeneracional? 

Este mecanismo estará vigente desde el 01 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2050. En 2026, el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) establecido para el próximo año, vigente a partir del 1 de enero de 2026, se sitúa en el 0,9% en la remuneración de todos los trabajadores, sin importar su edad o salario. Esta proporción se divide en un 0,75% a cargo de la empresa y un 0,15% a cargo del empleado. Por ello, a continuación te detallamos la tabla de la evolución del MEI desde 2023 hasta 2050.

Tabla de evolución del MEI desde 2023 a 2050

¿Hay alguna novedad en relación a la nueva forma de cotizar a la Seguridad Social?

Pues sí, encontramos dos nuevas novedades. Entre ellas encontramos la “nueva” forma en la que cotizarán los autónomos. Así como la obligatoriedad de que los becarios coticen para la Seguridad Social.

Autónomos y su cotización en 2026

Desde 2023, los trabajadores autónomos cotizarán a la Seguridad Social en función de sus rendimientos netos. Esto significa que la cuota que paguen cada mes dependerá de sus ingresos reales, y no de una base de cotización fija.

En 2026 no hay un aumento general de cuotas para autónomos respecto a 2025; el Gobierno ha congelado las bases y las cuotas mensuales que se aplican según los ingresos reales. Esto significa que las cotizaciones se mantienen estructuradas en tramos basados en los rendimientos netos, con importes que van desde aproximadamente 205 € hasta 605 € al mes, dependiendo de la base elegida dentro de los tramos de ingresos.

Becarios y su obligación de cotizar

Los becarios en prácticas también tienen la obligación de cotizar a la Seguridad Social desde del 1 de enero de 2024. La cotización se realizará aplicando las mismas reglas establecidas para los contratos de formación y aprendizaje.

Es una novedad porque ahora la cotización de los becarios en prácticas incluirá las contingencias comunes, tales como enfermedad, accidente, maternidad, paternidad, entre otras. Y además también se incluirán las contingencias profesionales: accidente de trabajo y enfermedad profesional. Y no hay que olvidar la formación profesional que servirá para financiar las acciones formativas que realicen los becarios.

La cotización de los becarios en prácticas es del 6,35% de su salario bruto. Sin embargo, se aplica una reducción del 95%, por lo que la cotización efectiva es del 0,2%. La cotización de los becarios en prácticas está a cargo de la entidad que asuma la condición de empresa.

¿Qué beneficios hay en la cotización a la Seguridad Social para las nuevas empresas?

Para 2026, las nuevas empresas en España pueden aprovechar distintos beneficios en la cotización a la Seguridad Social destinados a reducir costes laborales y facilitar la contratación, especialmente en las fases iniciales de actividad.

En primer lugar, existen bonificaciones y reducciones sobre las cuotas empresariales a la Seguridad Social cuando se formalizan contratos con determinados colectivos o bajo ciertas condiciones. Estas medidas permiten aminorar las aportaciones por contingencias comunes y otras cargas sociales si se cumplen los requisitos establecidos en la normativa de incentivos a la contratación laboral. Esto se aplica tanto a empresas nuevas como a pymes y está regulado por las guías oficiales de bonificaciones del SEPE.

Uno de los beneficios para empresas es la reducción de cotizaciones al transformar contratos temporales en indefinidos. En 2026, esta bonificación puede suponer una disminución significativa de la cuota empresarial durante el primer año del contrato fijo, ayudando a consolidar empleo estable y reducir costes de Seguridad Social.

Además, hay bonificaciones específicas para la contratación de colectivos vulnerables (jóvenes menores de 30 años, personas con discapacidad o desempleados de larga duración). Estas reducciones pueden prolongarse durante varios años y se traducen en menores aportaciones empresariales a la Seguridad Social por cada trabajador contratado en estos colectivos, incentivando que las nuevas empresas incorporen talento con menores costes laborales.

Para autónomos que constituyen una empresa unipersonal o emprenden por primera vez, también existen beneficios en las cotizaciones vinculados a la actividad propia. Aunque en 2026 las cuotas de autónomos permanecen congeladas respecto a 2025, se mantienen las bonificaciones como la tarifa plana o incentivos por contratación y conciliación que pueden reducir la carga de cotización a la Seguridad Social en los primeros años.

En resumen, los beneficios de cotización a la Seguridad Social para nuevas empresas en 2026 consisten en reducciones de la cuota empresarial por la contratación de ciertos perfiles, bonificaciones por transformación de contratos a indefinidos y apoyos similares que ayudan a disminuir los costes laborales en las etapas iniciales del negocio. 

No obstante, es importante mencionar que para acceder a estos beneficios, las empresas deben cumplir una serie de requisitos, que varían en función del tipo de beneficio. En general, las empresas deben estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social y cumplir con los requisitos establecidos en la normativa aplicable. En definitiva, los beneficios en la cotización a la Seguridad Social pueden ser una ayuda importante para las nuevas empresas, ya que les permiten reducir sus costes y mejorar su liquidez.

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Preguntas frecuentes sobre las nuevas cotizaciones a la Seguridad Social en 2026

En 2026 sube la cotización por el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) al 0,90 % de la base de cotización (0,75 % a cargo de la empresa y 0,15 % del trabajador), lo que incrementa el coste de la Seguridad Social. Además, se mantiene una cotización de solidaridad para rentas que excedan la base máxima, con tipos progresivos sobre ese exceso. Las bases máximas de cotización se incrementan con el IPC y se ajustan las bases mínimas según el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

Para 2026 la jubilación contributiva exige al menos 15 años cotizados para tener derecho a pensión, y para acceder a la pensión a 100 % se requiere un periodo más largo de cotización que sigue aumentando gradualmente hacia 38 años y 3 meses para jubilación a 65 años. El cálculo de la base reguladora se actualizará incorporando más años de cotización, lo que puede favorecer el importe de la pensión en determinados casos.

No hay subida salarial automática por ley en 2026, pero las cotizaciones se encarecen por el aumento del MEI al 0,90 % de la base de cotización, lo que puede reducir ligeramente el salario neto en la nómina. Esto se traduce en una mayor deducción en el recibo de salario, especialmente para empresas y trabajadores con bases elevadas.

La base máxima de cotización a la Seguridad Social en 2026 se ha fijado en 5 101,20 € mensuales en el Régimen General, lo que supone un incremento respecto al ejercicio anterior en torno al 3,9 % calculado con el IPC medio anual más un componente adicional. Las bases mínimas pendientes de actualización definitiva dependen del SMI y se aplican provisionalmente las de 2025 ajustadas automáticamente.