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¿Cuáles son los requisitos de la pensión contributiva en 2026?

Kimberlein Ríos
, Redactora de contenidos de RR. HH. y derecho laboral @PayFit
Actualizado el
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Puntos clave

Puntos clave sobre la pensión contributiva

  • La pensión contributiva es una prestación económica de la Seguridad Social vinculada a las cotizaciones realizadas durante la vida laboral del trabajador.
  • El requisito mínimo para acceder a la jubilación contributiva es haber cotizado al menos 15 años, 2 de ellos dentro de los 15 años previos a la solicitud.
  • En 2026, la edad de jubilación ordinaria es de 66 años y 10 meses (o 65 años con 38 años y 3 meses cotizados).
  • Existen tres grandes tipos de pensiones contributivas: jubilación, incapacidad permanente y prestaciones por fallecimiento.
  • Las pensiones contributivas se han revalorizado un 2,7 % en 2026, con una pensión máxima de 3.359,60 €/mes.

Entender qué es la pensión contributiva y cuáles son sus requisitos es fundamental tanto para los trabajadores que se acercan a la edad de jubilación como para las empresas que gestionan sus nóminas y cotizaciones. Las pensiones contributivas son el pilar principal del sistema público de prestaciones en España y su cuantía depende directamente de lo cotizado durante la carrera laboral.

En este artículo te explicamos cuáles son los requisitos de la pensión contributiva en 2026 y cómo afectan las novedades normativas, incluido el nuevo sistema dual de cálculo de la base reguladora. Un contenido especialmente útil para responsables de RR. HH. y directivos de pymes que necesitan comprender el impacto de estas prestaciones en la gestión laboral de su plantilla.

¿Qué es la pensión contributiva y qué significa?

La pensión contributiva es una prestación económica de la Seguridad Social cuya concesión exige que el beneficiario haya mantenido una relación previa con el sistema, es decir, que haya cotizado durante un periodo mínimo. Su cuantía se calcula en función de las aportaciones realizadas por el trabajador y la empresa durante el periodo que se toma como referencia para la base reguladora.

¿Qué tipos de pensiones contributivas existen?

El sistema de la Seguridad Social contempla tres grandes categorías de pensiones contributivas:

  • Jubilación: prestación vitalicia que se concede al trabajador cuando cesa en su actividad o la reduce por razón de edad. Incluye modalidades como la jubilación ordinaria, la anticipada, la parcial y la flexible.

  • Incapacidad permanente: cubre la pérdida de ingresos cuando una enfermedad o accidente reduce o anula la capacidad laboral. Puede ser parcial, total, absoluta o gran invalidez.

  • Prestaciones por fallecimiento: incluyen las pensiones de viudedad, orfandad y en favor de familiares, destinadas a compensar la situación económica derivada del fallecimiento del trabajador.

¿En qué se diferencia de la pensión no contributiva?

La diferencia principal es que la pensión contributiva exige un periodo mínimo de cotización a la Seguridad Social, mientras que la pensión no contributiva está destinada a personas que no han cotizado o no han alcanzado el mínimo exigido y carecen de recursos económicos suficientes. En 2026, la cuantía de la pensión no contributiva se ha fijado en 8.803,20 € anuales, mientras que la pensión contributiva depende de la base reguladora y los años cotizados, pudiendo alcanzar hasta 3.359,60 € mensuales.

¿Cuáles son los requisitos de la pensión contributiva de jubilación en 2026?

Para tener derecho a una pensión contributiva de jubilación, el trabajador debe cumplir una serie de requisitos de edad y cotización que varían según la modalidad. Estos requisitos se han ido actualizando de forma progresiva desde la reforma de 2011 y continúan vigentes en 2026.

¿Qué edad y cotización se necesitan para la jubilación ordinaria?

En 2026, los requisitos para acceder a la jubilación ordinaria son:

  • Haber cotizado un mínimo de 15 años, de los cuales al menos 2 años deben estar dentro de los 15 años inmediatamente anteriores a la solicitud.

  • Tener 65 años si se acreditan 38 años y 3 meses o más de cotización.

  • Tener 66 años y 10 meses si se ha cotizado menos de 38 años y 3 meses.

Con 15 años cotizados se garantiza el 50 % de la base reguladora. A partir de ahí, el porcentaje aumenta progresivamente hasta alcanzar el 100 % con aproximadamente 36 años y 6 meses de cotización.

Requisito Datos actualizados a 2026
Edad ordinaria (carrera larga) 65 años (con ≥ 38 años y 3 meses cotizados)
Edad ordinaria (carrera corta) 66 años y 10 meses (con < 38 años y 3 meses)
Cotización mínima 15 años (2 dentro de los 15 previos)
Cotización para el 100 % de la base Aprox. 36 años y 6 meses
Jubilación anticipada voluntaria Desde 63 años (≥ 38 a. 3 m.) o 64 a. 10 m.
Jubilación anticipada involuntaria Hasta 4 años antes, mín. 33 años cotizados
Pensión máxima 2026 3.359,60 €/mes (47.034,40 €/año)

¿Qué ocurre con la «prestación contributiva» si el trabajador está en situación de desempleo?

Es importante no confundir la pensión contributiva de jubilación con la prestación contributiva por desempleo. La prestación por desempleo (o “paro”) es una ayuda temporal que se percibe tras perder un empleo, mientras que la pensión contributiva de jubilación es una prestación vitalicia vinculada al cese definitivo de la actividad laboral.

No obstante, los periodos de cobro de la prestación contributiva por desempleo cuentan como cotizados a efectos de jubilación, ya que durante ese tiempo la entidad gestora (SEPE) cotiza por el trabajador. Esto es especialmente relevante para quienes se preguntan por los requisitos de la pensión contributiva estando en paro.

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¿Qué modalidades de jubilación contributiva existen?

Además de la jubilación ordinaria, la normativa contempla varias modalidades que permiten anticipar, compatibilizar o flexibilizar el acceso a la pensión. Cada una tiene sus propios requisitos y condiciones.

¿Qué es la jubilación anticipada y cuáles son sus requisitos en 2026?

La jubilación anticipada permite retirarse antes de la edad ordinaria, con una reducción de la pensión que oscila entre el 2,81 % y el 21 % en función de los meses de adelanto y los años cotizados. Existen dos subtipos principales:

  • Jubilación anticipada voluntaria: exige un mínimo de 35 años cotizados y permite jubilarse hasta 2 años antes de la edad ordinaria. En 2026, desde los 63 años (con 38 años y 3 meses cotizados) o desde los 64 años y 10 meses (con menos).

  • Jubilación anticipada involuntaria: para trabajadores que hayan cesado por causas no imputables (despido colectivo, objetivo, etc.). Exige 33 años cotizados y permite anticipar hasta 4 años. Los autónomos no pueden acogerse a esta modalidad.

¿Qué otras modalidades de jubilación existen?

  • Jubilación parcial: permite compatibilizar una parte de la pensión con un contrato a tiempo parcial. La reducción de jornada puede ser de entre el 25 % y el 75 %. Puede requerir un contrato de relevo.

  • Jubilación flexible: permite a un pensionista volver al mercado laboral con un contrato a tiempo parcial, reduciendo proporcionalmente la pensión que percibe.

  • Jubilación demorada: si el trabajador continúa en activo más allá de la edad ordinaria, obtiene un complemento del 4 % adicional por cada año completo de demora, o puede optar por un pago único o una fórmula mixta.

  • Prejubilación: a diferencia de la jubilación anticipada, la prejubilación se produce mediante un pacto privado entre empresa y trabajador y no está regulada directamente por la Seguridad Social.

¿Cómo se calcula la pensión contributiva de jubilación en 2026?

El cálculo de la pensión contributiva de jubilación depende de la base reguladora y del porcentaje aplicable según los años cotizados. En 2026 entra en vigor una novedad importante: el sistema dual de cálculo.

¿En qué consiste el sistema dual de cálculo?

Desde el 1 de enero de 2026, la Seguridad Social aplica automáticamente la opción más favorable de entre dos fórmulas:

  • Opción A – Últimos 25 años cotizados: se mantiene la fórmula anterior, tomando como referencia las bases de cotización de los últimos 300 meses.

  • Opción B – Últimos 29 años, excluyendo los 2 peores: nueva fórmula (D.T. 40.ª LGSS) que toma los últimos 348 meses y descarta los 24 meses con bases más bajas. Se desplegará de forma progresiva hasta 2040.

Este sistema dual beneficia especialmente a trabajadores que han tenido periodos de bases de cotización bajas o interrupciones en su carrera laboral, ya que permite eliminar los meses menos favorables del cálculo.

¿Cuáles son las cuantías mínimas y máximas en 2026?

Tras la revalorización del 2,7% aprobada por el RDL 3/2026, las cuantías quedan así:

  • Pensión máxima: 3.359,60 €/mes (47.034,40 €/año).

  • Pensión mínima de jubilación (65 años o más, sin cónyuge a cargo): 13.106,80 €/año.

  • Pensión mínima de jubilación (65 años o más, con cónyuge a cargo): 17.592,40 €/año.

  • Pensión media del sistema (dic. 2025): 1.317,70 €/mes. La de jubilación: 1.512,70 €/mes.

Ejemplo práctico: ¿cómo afecta la jubilación de un empleado a una pyme?

Supongamos que una pyme tiene en plantilla a un trabajador de 64 años con 39 años cotizados. Al acumular más de 38 años y 3 meses, su edad de jubilación ordinaria es 65 años, por lo que podrá jubilarse el año que viene con el 100 % de su base reguladora.

Si, por el contrario, el trabajador quisiera anticipar su jubilación un año (a los 64), se le aplicarían coeficientes reductores que disminuirían su pensión entre un 2,81 % y un 5,18 % aproximadamente, según el tramo de cotización.

Para la empresa, es importante planificar esta transición con antelación: preparar la documentación de baja, calcular el finiquito correspondiente y, si aplica, gestionar un posible contrato de relevo en caso de jubilación parcial. Un software de nóminas permite automatizar estas gestiones y asegurar que las cotizaciones están correctamente reflejadas.

Gestionar correctamente las cotizaciones a la Seguridad Social es clave para que tus empleados accedan a la pensión contributiva que les corresponde. Un software de nóminas te permite llevar un control preciso de las bases de cotización, los periodos trabajados y los trámites vinculados a la jubilación de tu plantilla.

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Preguntas frecuentes sobre la pensión contributiva

El mínimo son 15 años de cotización efectiva, de los cuales al menos 2 deben estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores a la solicitud. Con 15 años cotizados se accede al 50 % de la base reguladora; para cobrar el 100 % se necesitan aproximadamente 36 años y 6 meses.

No. Con menos de 15 años cotizados no es posible acceder a una pensión contributiva de jubilación. En ese caso, se puede solicitar una pensión no contributiva de jubilación, siempre que se cumplan los requisitos de edad (65 años o más), residencia (10 años en España) y carencia de recursos económicos (rentas inferiores a 8.803,20 €/año en 2026).

Sí. Los periodos de cobro de la prestación contributiva por desempleo se consideran cotizados, ya que el SEPE cotiza a la Seguridad Social en nombre del trabajador. También computan, con limitaciones, los periodos del subsidio por desempleo.

La pensión de jubilación contributiva se abona en 14 pagas al año: una mensualidad ordinaria cada mes, más dos pagas extraordinarias que se perciben junto con las nóminas de junio y noviembre.

Sí, a través de la jubilación activa. Desde la reforma del RDL 11/2024, el porcentaje de pensión compatible con el trabajo varía según los años de demora: del 45 % (1 año) al 100 % (5 años o más), con un incremento del 5 % por cada 12 meses en situación de jubilación activa.