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¿Qué tipos de despido existen?
En el ámbito laboral español, la finalización de la relación laboral puede darse bajo diversas circunstancias que van desde el despido hasta la baja voluntaria.
La legislación española establece múltiples causas para llevar a cabo la extinción del contrato de trabajo y como hemos dicho antes, cada una cuenta con sus propios requisitos y procedimientos legales. Desde el finiquito por despido, que se refiere a la compensación económica que recibe el trabajador al ser despedido, hasta el finiquito por baja voluntaria, cuando un empleado decide terminar su contrato de manera autónoma, es crucial entender las causas de extinción de contrato de trabajo para navegar adecuadamente estos procesos.
¿Qué tipos de despidos existen? ¿Se puede impugnar el despido de un trabajador? ¿Aún no sabes cuántos tipos de despidos laborales existen? En el artículo de hoy trataremos sobre ellos.
¿Qué tipos de despido existen en España?
Los despidos son procedimientos regulados por la ley, diseñados para equilibrar los derechos de los empleados con las necesidades operativas de las empresas. Entre los tipos de despido laboral encontramos por un lado, según las causas del despido y según la resolución judicial.
Pues bien, de acuerdo con las causas del despido podemos encontrar: despido disciplinario, despido objetivo y despido colectivo.
1️⃣ Despido disciplinario: Este tipo de despido se produce cuando un empleado incurre en faltas graves y culpables que violan los términos de su contrato de trabajo. Las causas pueden incluir, entre otras, la indisciplina, el incumplimiento grave de las obligaciones laborales, las faltas repetidas y no justificadas de asistencia o puntualidad, así como cualquier comportamiento que pueda ser considerado como negligente o perjudicial para la empresa.
2️⃣ Despido objetivo: Este despido ocurre por causas no imputables directamente al trabajador, como pueden ser razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que justifiquen la necesidad de prescindir de servicios. Este tipo de despido debe ser comunicado al empleado con una antelación mínima de 15 días y conlleva el finiquito y además, una indemnización específica.
3️⃣ Despido colectivo: Conocido también como ERE (Expediente de Regulación de Empleo), este tipo de despido se aplica cuando se necesitan hacer ajustes significativos en la plantilla debido a causas económicas, técnicas, organizativas o de producción que afectan a un número considerable de trabajadores. Requiere un procedimiento más riguroso que incluye consultas con los representantes de los trabajadores y, dependiendo del caso, la aprobación de la autoridad laboral.
Además, en aquellos casos en el que el trabajador no está conforme con su despido y decide reclamarlo por la vía judicial entonces, su despido podrá clasificarse según la resolución judicial. Por ello, se podrán calificar como despido procedente, despido improcedente o despido nulo.
💡¿Sabías qué?
Cuando un trabajador opta por una baja voluntaria sin preaviso, la empresa está facultada para deducir un día de salario por cada día de preaviso no cumplido. Asimismo, el empleado no tendrá derecho a recibir ninguna indemnización por despido.
También es importante tener en cuenta que si el trabajador decide optar por una renuncia voluntaria, este tendrá que tener en cuenta que como mínimo tiene que dar un preaviso de su baja voluntaria 15 días antes de la fecha en la que quiere dejar de prestar sus servicios.
¿En qué consiste la calificación del despido según la resolución judicial?
Pues bien, tal y como hemos dicho anteriormente el juez podrá calificarlo de la siguiente manera:
1️⃣ Despido Procedente: Este tipo de despido ocurre cuando un juez confirma que las causas alegadas por la empresa para despedir a un trabajador son válidas y están debidamente justificadas conforme a la ley. Esto significa que el despido se ajusta a los requisitos legales y que el empleador ha seguido el procedimiento adecuado, incluyendo la presentación de pruebas suficientes que respaldan la decisión de terminar el contrato de trabajo.
2️⃣ Despido Improcedente: Se da cuando un juez determina que las causas del despido no están justificadas o que el empleador no ha seguido el procedimiento legal correcto. En estos casos, el despido no se considera válido bajo la ley laboral española, y el trabajador puede ser elegible para recibir una indemnización o, en algunos casos, la opción de ser reincorporado a su puesto de trabajo.
Entonces entre los tipos de despido improcedente…¿Qué encontramos? Pues bien, encontramos: la falta de notificación adecuada, despido sin causa justificada, despido durante una baja laboral…entre otros.
3️⃣ Despido Nulo: Este tipo de despido se declara cuando el juez encuentra que la terminación del contrato ha violado los derechos fundamentales del trabajador o que las causas del despido están prohibidas por la ley, como podrían ser discriminación por raza, género, religión, etc. En esta situación, la empresa está obligada a readmitir al trabajador y pagarle los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta el momento de la readmisión.
¿Qué indemnizaciones hay por despidos laborales?
No todos los despidos se manejan de la misma manera formalmente. Por ello, la indemnización por un despido objetivo, ya sea procedente o improcedente, se calcula de la misma manera:
Indemnización por despido objetivo procedente: Si un juez determina que un despido objetivo es procedente, el trabajador debería recibir una indemnización de 20 días de salario por año trabajado, con un límite de 12 mensualidades. Esta es la compensación típica que suele ofrecer la empresa en el momento del despido cuando se fundamenta en causas objetivas. Sin embargo, la procedencia legal solo se confirma si el empleado lleva el caso a los tribunales y el juez da la razón al empleador.
Indemnización despido objetivo improcedente: Cuando un despido objetivo es declarado improcedente, ya sea en juicio o en un acto de conciliación, la indemnización asciende a 33 días de salario por cada año de servicio, con un máximo de 24 mensualidades. Existe una excepción que permite un cálculo más generoso de 45 días por año, con un límite de 42 mensualidades, aunque esta fórmula sólo es aplicable a contratos firmados antes del 12 de febrero de 2012 y solo para el tiempo trabajado antes de esa fecha.
¿Se puede impugnar el despido de un trabajador?
En diversas ocasiones, los empleados no están de acuerdo con el despido. Y por ello, en dichas situaciones los trabajadores tienen la opción de poder impugnar el despido.
El primer paso usualmente involucra presentar la impugnación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) de la comunidad autónoma correspondiente, dentro de los 20 días hábiles siguientes a la notificación del despido.
Los servicios de mediación como el SMAC ofrecen una forma de resolver conflictos fuera del ámbito judicial, lo que representa una alternativa más rápida, económica y confidencial a los procesos judiciales tradicionales. La mayoría de los casos se solucionan eficazmente a través de este mecanismo.
Sin embargo, si el trabajador no queda satisfecho con el resultado obtenido en el SMAC, tiene la opción de llevar su caso a los tribunales. Optar por la vía judicial implica enfrentarse a procesos que pueden ser más largos y costosos, pero es el recurso final para aquellos que buscan una revisión adicional de su caso.
Bien sabemos que llevar a cabo la extinción del contrato de trabajo de nuestros trabajadores no es tarea fácil y a veces resulta una tarea compleja porque conlleva una serie de responsabilidades legales y también emocionales. Por ello, entender y aplicar correctamente las normativas relacionadas con el finiquito por despido, la extinción de contrato de trabajo, o la baja voluntaria, no solo minimiza los riesgos de litigios costosos, sino que también refuerza la reputación de la empresa como un lugar justo y responsable para trabajar.
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