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Forman parte del plan de estudios: se convalidan por créditos y son obligatorias o voluntarias según el programa.
Requieren un convenio de prácticas firmado por la universidad, la empresa y el becario.
Desde el 1 de enero de 2024, todos los becarios (con o sin remuneración) cotizan a la Seguridad Social.
La empresa aplica una bonificación del 95% en la cotización, lo que reduce el coste a prácticamente cero.
No son una relación laboral: el becario no tiene contrato de trabajo ni derecho a prestación por desempleo.
Una de las figuras más habituales en las empresas hoy en día es la del becario: un estudiante que compagina su formación académica con una primera experiencia real en el mundo laboral. Pero antes de incorporar a un becario a tu equipo, es fundamental entender si se trata de prácticas curriculares o extracurriculares, ya que implican requisitos, convenios y obligaciones distintos para la empresa.
En este artículo te explicamos qué son las prácticas curriculares, cuáles son sus características principales, cómo funcionan el convenio y la cotización a la Seguridad Social y qué alternativa existe para graduados que ya no pueden acogerse a este régimen.
Las prácticas curriculares forman parte del plan de estudios del alumno y tienen reconocimiento académico mediante créditos. Pueden ser obligatorias o voluntarias, según la titulación.
Estas prácticas suelen desarrollarse en empresas colaboradoras mediante un convenio con la universidad o centro formativo. Al finalizar, el estudiante normalmente debe presentar una memoria de prácticas con las funciones realizadas y los conocimientos adquiridos.
Aspectos clave:
Pueden ser obligatorias o computar como créditos optativos;
Requieren convenio de prácticas con una institución educativa;
Permiten aplicar conocimientos en un entorno profesional real.
La diferencia entre prácticas curriculares y extracurriculares reside en su relación con el plan de estudios. Aunque ambas modalidades requieren la firma de un convenio con una institución educativa, sus características son distintas:
| Aspecto | Prácticas curriculares | Prácticas extracurriculares |
|---|---|---|
| Vinculación al plan de estudios | Sí (créditos) | No |
| Carácter | Obligatorio o voluntario (según programa) | Siempre voluntario |
| Remuneración | Opcional (depende de la empresa) | Opcional (depende del acuerdo) |
| Convenio de prácticas | Obligatorio | Obligatorio |
| Memoria de prácticas | Habitual (exigida por la universidad) | Depende de la institución |
En ambos casos, es imprescindible que haya una institución educativa dispuesta a firmar el convenio. Sin este acuerdo, las prácticas no tienen cobertura legal ni académica.
El convenio de prácticas es el documento que regula la relación entre el becario y la empresa. No es un contrato laboral, pero tiene un valor jurídico equivalente a efectos formativos. Intervienen tres partes vinculantes: la universidad o centro educativo, la empresa y el propio becario.
El contrato de prácticas curriculares debe recoger al menos los siguientes puntos:
Horario y jornada prevista.
Ayuda al estudio o remuneración, si la hubiera.
Tareas y funciones a desempeñar por el becario.
Tutor designado en la empresa y en la universidad.
Duración máxima de las prácticas.
Certificado de aprovechamiento al finalizar.
Las tareas asignadas al becario deben estar orientadas a su formación, no a cubrir necesidades productivas de la empresa. En caso contrario, podría considerarse una relación laboral encubierta y constituir fraude de ley.
No. Los becarios no tienen un contrato de trabajo, ni un salario mínimo garantizado, ni derecho a prestación por desempleo. Sin embargo, desde el 1 de enero de 2024, todos los becarios, incluso los que realizan prácticas no remuneradas, están dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social como asimilados a trabajadores por cuenta ajena, con la obligación de cotizar.
Modelo de nómina de un becario
Desde el 1 de enero de 2024, todos los alumnos que realizan prácticas formativas (curriculares o extracurriculares, remuneradas o no) deben cotizar a la Seguridad Social. Esta medida permite que los estudiantes comiencen a generar derechos para futuras prestaciones, como la jubilación.
En 2026, la cotización aplicable a los becarios mantiene una bonificación del 95%, por lo que el coste efectivo para la empresa ronda el 0,2% de la base de cotización aplicable. Además, los becarios se incluyen en el Código Cuenta de Cotización (CCC) general de la empresa y es la empresa (o, en algunos casos, la propia universidad) quien debe gestionar el alta y la comunicación a la Seguridad Social.
Las coberturas varían según si las prácticas son remuneradas o no:
| Cobertura | Prácticas remuneradas | Prácticas no remuneradas |
|---|---|---|
| Contingencias comunes | Sí | Parcial (excluida IT por contingencias comunes) |
| Contingencias profesionales (AT/EP) | Sí | Sí |
| Desempleo | No | No |
| FOGASA y Formación Profesional | No | No |
| Días cotizados computados | 1 día por día de prácticas | 1,61 días por cada día de prácticas |
Los becarios se incluyen en el Código Cuenta de Cotización (CCC) general de la empresa. Es la empresa (o, en algunos casos, la propia universidad) quien asume la obligación del alta y la comunicación a la Seguridad Social.
Una vez el estudiante ha finalizado sus estudios y ya no puede acogerse al régimen de becario, la alternativa es el contrato formativo (antes llamado contrato en prácticas). Se trata de un contrato laboral real, dirigido a personas con título universitario o de FP de grado medio o superior obtenido en los últimos cinco años (o siete para personas con discapacidad).
A diferencia de las prácticas curriculares:
El contrato formativo sí es un contrato laboral: incluye salario base, periodo de prueba, posible indemnización y todos los derechos laborales ordinarios.
La duración es de entre 6 meses y 1 año, prorrogable hasta 2 años según convenio.
El salario mínimo debe respetar lo previsto en el convenio colectivo y, como mínimo, no puede ser inferior al SMI para la jornada completa.
No es necesaria la intervención de ninguna institución educativa: el acuerdo se formaliza directamente entre empresa y trabajador.
Incorporar becarios implica gestionar el alta en la Seguridad Social, calcular la cotización con la bonificación correspondiente y llevar un registro correcto del convenio. PayFit automatiza todo el proceso: desde el alta del becario en el sistema hasta el cálculo de la cotización aplicando la reducción del 95%, asegurando el cumplimiento normativo sin trabajo manual.
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Las prácticas curriculares son aquellas que forman parte del plan de estudios del alumno y se convalidan por créditos. Son obligatorias o voluntarias según el programa, y requieren siempre la firma de un convenio entre la universidad, la empresa y el becario.
La clave está en su relación con el plan de estudios. Las prácticas curriculares computan como créditos académicos; las extracurriculares son voluntarias y no forman parte del programa oficial, aunque también requieren convenio con la institución educativa. En ambos casos, desde 2024 existe obligación de cotizar a la Seguridad Social.
El convenio debe incluir horario, remuneración (si la hay), tareas, tutor asignado, duración y certificado de aprovechamiento. Debe firmarlo la universidad, la empresa y el becario. Las tareas deben orientarse a la formación del becario, no a cubrir necesidades productivas de la empresa.
Sí, desde el 1 de enero de 2024, todos los becarios —incluidos los no remunerados— cotizan al Régimen General. La empresa aplica una bonificación del 95% en la cuota, por lo que el coste efectivo es de en torno al 0,2%. Los días de prácticas no remuneradas cuentan como 1,61 días cotizados a efectos de futuras prestaciones.
La alternativa es el contrato formativo (antes contrato en prácticas): un contrato laboral para titulados con el grado obtenido en los últimos cinco años. Incluye salario, cotización completa y todos los derechos laborales. Algunas universidades permiten prácticas extracurriculares hasta un año después de finalizar los estudios.
Sí. Existe la posibilidad de suscribir un convenio especial con la Seguridad Social para recuperar hasta cinco años de cotización por prácticas realizadas antes de 2024 (no remuneradas) o antes del 1 de noviembre de 2011 (remuneradas). El plazo para solicitar este convenio está abierto hasta el 31 de diciembre de 2028 a través del portal Import@ss.

Prórroga del contrato de trabajo: cuándo puede hacerse, cuántas prórrogas permite la ley y cuándo pasa a indefinido en 2026.

El contrato fijo discontinuo es un contrato indefinido para actividades estacionales que tiene una serie de ventajas y derechos.

El contrato formativo, antes llamado contrato en prácticas, permite a recién titulados adquirir experiencia laboral relacionada con sus estudios.

El encadenamiento de contratos temporales se produce al sumar más de 18 meses en 24 con dos o más contratos, convirtiendo la relación en indefinida.

El contrato de interinidad, ahora contrato de sustitución, permite cubrir temporalmente a un trabajador con reserva de puesto.

El contrato de aprendizaje, ahora formación en alternancia, permite compatibilizar trabajo y formación con una duración de 3 meses a 2 años.