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¿Es obligatorio cursar el alta en la Seguridad Social de los becarios?
Dentro del campo de la gestión de Recursos Humanos, la figura del becario es todo un clásico. Con el tiempo, su estatus ha cambiado y la legislación ha apostado por darle una mayor protección a nivel legal. El alta en la Seguridad Social de los becarios es ahora obligatoria en algunos casos. ¿Conoces cuáles son?
En este post explicamos a los empresarios y departamentos de RRHH todos los detalles sobre el alta en la Seguridad Social de los becarios.
¿Qué debes entender por becario?
Antes de mostrarte cuándo hay que dar de alta en la Seguridad Social de los becarios, es importante que tengas claro qué es un becario y de qué figura legal estamos hablando . Se trata de un estudiante que realiza prácticas profesionales en la empresa. De esta manera, aplica en un entorno real la formación teórica que está recibiendo en la Universidad o en el centro en el que estudia Formación Profesional.
Esta experiencia profesional no laboral surge por acuerdo entre el centro educativo y la corporación que acoge a los estudiantes. Al no ser propiamente un trabajo, no es obligatorio que exista una remuneración. No obstante, muchas empresas ofrecen a los jóvenes en prácticas una pequeña asignación mensual para cubrir gastos, como por ejemplo, el de transporte.
Becarios y alta en la Seguridad Social eran conceptos que, seguro, no habías visto juntos hasta hace unos años. Antes del cambio legislativo los alumnos en prácticas no debían cotizar, pero desde 2011 la situación es diferente.
Esta experiencia profesional de la que te estamos hablando puede tratarse de prácticas curriculares o de prácticas extracurriculares. El becario, como no tiene un contrato de trabajo sino que firma un convenio de prácticas (coloquialmente conocido como contrato de becario), no realiza una prestación de servicios y, por tanto, no existe obligación legal de remuneración. Sólo en caso de que se realicen prácticas remuneradas la empresa tendrá que dar de alta en la Seguridad Social a los becarios.
¿Cómo cotizan los becarios a la Seguridad Social?
Con la nueva normativa, el alta en la Seguridad Social de los becarios es obligatoria para empresas y autónomos que cuenten con la ayuda de estudiantes en prácticas en ciertas situaciones.
Estos cotizan en el Régimen General, igual que los trabajadores por cuenta ajena. La peculiaridad en estos casos es que no lo hacen por las contingencias de desempleo, formación profesional ni Fondo de Garantía Salarial (FOGASA).
Por lo que se refiere a la cotización por contingencias comunes y por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, las reglas son las mismas que para los contratos formativos, pero la cuantía no es igual. Además, solo deberán abonar cuota las prácticas extracurriculares ya que las curriculares están bonificadas al 100%.
A efectos del alta en la Seguridad Social de los becarios, la organización que los acoge debe llevarla a cabo si el estudiante realiza prácticas remuneradas. Si la experiencia no fuera retribuida, no es necesario dar de alta en la Seguridad Social y cotizar. La bonificación del 100% se da aunque las prácticas sean retribuidas, siempre que sean prácticas curriculares.
¿Cómo dar de alta a un becario en la Seguridad Social?
La tarea de cursar el alta en la Seguridad Social de los becarios es propia del equipo encargado de la gestión de los Recursos Humanos.
¿Cuáles son los pasos que hay que dar?
Para dar de alta a los becarios es necesario que el Código Cuenta de Cotización (CCC) cuente con la peculiaridad de disponer una clave para entrar en el sistema RED para hacer el trámite.
Para activar la peculiaridad de cotización en el CCC es necesario hacer la solicitud a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
Cuando la TGSS resuelva y active la peculiaridad, ya se podrán procesar de forma telemática las altas de becarios en el CCC de la empresa.
Los encargados de la gestión administrativa del trámite podrán, si son autorizados RED del CCC, realizar el alta en SS del becario.
¿Por qué se estableció la obligatoriedad del alta en la Seguridad Social de los becarios?
Como bien sabes, la finalidad de la formalización de los convenios de prácticas entre centros educativos y empresas es que los estudiantes tengan un primer contacto con el mundo laboral. De esta manera, los becarios ponen en práctica lo que han aprendido en clase. Para ello, las tareas abordadas han de estar estrechamente relacionadas con su formación.
Sin embargo, la realidad que vivían estas personas anteriormente era muy diferente. Con frecuencia, no hacían prácticas sino que acababan cubriendo un puesto de trabajo, ya que prestaban sus servicios como si tuvieran un auténtico contrato laboral. Sin duda, un fraude a todas luces, pues el objetivo de la beca no es que el empresario se beneficie del trabajo de otra persona, sino que la ayude en su formación.
Por este motivo, se optó por establecer un sistema de alta en la Seguridad Social de los becarios para evitar los abusos. Así, los convenios de prácticas dejaron de ser, para algunos empresarios, una forma de tener trabajadores a coste cero.
Además, al llevarse a cabo la cotización durante el tiempo que dura su periodo de prácticas, se reconoce la labor del estudiante. Es más, se le brinda protección en caso de sufrir alguna enfermedad o accidente mientras está becado.
En todo caso, el alta en la Seguridad Social de los becarios es una medida que les protege a nivel social y evita posibles abusos. Por esta razón, deben llevarla a cabo las empresas. ¿Tienes dudas sobre cómo gestionar la presencia de estudiantes en tu negocio? Nuestra solución tecnológica te ayudará con la administración laboral de tu empresa. Solicita una demostración gratuita para conocer los servicios de PayFit.
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