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Puntos clave de la jornada intensiva de verano

Puntos clave del convenio de ingenierías y oficinas técnicas en 2026

  • Convenio vigente: el XX Convenio Colectivo (2021–2024) sigue en aplicación en 2026 mientras se negocia el XXI.
  • Jornada anual: 1.792 horas anuales, con un máximo de 9 horas diarias de trabajo efectivo.
  • Vacaciones: 23 días laborables anuales retribuidos.
  • Salario mínimo de convenio: 14.000 € brutos anuales para jornada completa.
  • Tablas salariales 2024: incremento del 2,3% sobre 2023, publicadas en el BOE. Son las más recientes disponibles.

El convenio colectivo del sector de empresas de ingeniería y oficinas de estudios técnicos es el marco normativo que regula las condiciones laborales de más de 100.000 trabajadores en España. Desde la jornada y las vacaciones hasta las tablas salariales y el periodo de prueba, este convenio es la hoja de ruta esencial para cualquier empresa del sector y para sus departamentos de RRHH.

En este artículo te explicamos todos los aspectos clave del convenio de ingenierías y oficinas técnicas en 2026: qué empresas están cubiertas, cuáles son sus condiciones más relevantes y dónde consultar las tablas salariales vigentes.

¿Qué es el convenio de ingenierías y oficinas técnicas?

El convenio de ingenierías y oficinas técnicas, oficialmente denominado Convenio Colectivo Nacional de Empresas de Ingeniería, Oficinas de Estudios Técnicos, Inspección, Supervisión y Control Técnico y de Calidad, es el acuerdo sectorial que fija las condiciones mínimas de trabajo para todas las empresas del sector en el territorio nacional.

El convenio actualmente vigente es el XX Convenio Colectivo, publicado en el BOE el 10 de marzo de 2023 (BOE núm. 59), con vigencia temporal de 2021 a 2024. Al haber vencido su vigencia, el convenio se mantiene en ultraactividad en 2026 mientras prosigue la negociación del XXI Convenio entre TECNIBERIA (patronal), CCOO y UGT. Esto significa que sus condiciones siguen siendo de obligado cumplimiento para todas las empresas del sector.

El convenio se aplica a empresas cuya actividad principal sea la prestación de servicios en alguno de los siguientes ámbitos:

  • Asistencia técnica e ingeniería civil.

  • Ingeniería medioambiental, industrial y de energía.

  • Arquitectura y urbanismo.

  • Ingeniería aeronáutica y aeroespacial.

  • Ingeniería agraria, química y electrónica.

  • Inspección, supervisión y control técnico y de calidad.

  • Ingeniería de defensa y militar de cualquier orden similar.

Su ámbito territorial es todo el territorio del Estado español. Si tienes dudas sobre si tu empresa está adscrita a este convenio, puedes consultarlo en tu contrato de trabajo o en el BOE.

Guía sobre los convenios colectivos

Aspectos clave del convenio de ingenierías y oficinas técnicas en 2026

A continuación detallamos las condiciones laborales más relevantes del convenio para empresas de ingeniería y oficinas de estudios técnicos que todo responsable de RRHH debe conocer:

Periodo de prueba en el convenio de oficinas técnicas

La duración del periodo de prueba en el convenio de oficinas técnicas varía según la categoría profesional:

Categoría profesional Duración máxima
Personal no cualificado 15 días
Resto de categorías (administrativos, delineantes, etc.) 3 meses
Técnicos titulados (ingenieros, arquitectos, etc.) 6 meses

Por ejemplo, si una empresa que contrata a un ingeniero industrial bajo este convenio puede fijar un periodo de prueba de hasta 6 meses. Si contrata a una administrativa, el periodo máximo será de 3 meses. Superado ese plazo sin extinción expresa, el trabajador adquiere la condición de fijo de plantilla.

Jornada laboral en el convenio de ingenierías y oficinas técnicas

La jornada laboral del convenio de ingenierías y oficinas técnicas se fija en 1.792 horas anuales. Las partes pueden pactar la distribución semanal concreta, pero con dos límites claros:

  • Máximo 9 horas diarias de trabajo efectivo.

  • Posibilidad de jornada intensiva en verano sin superar las 36 horas semanales.

  • Nochebuena (24 de diciembre) y Nochevieja (31 de diciembre) son días festivos no recuperables.

Por ejemplo, si una empresa de 5 días semanales divide las 1.792 horas en 52 semanas, lo que equivale a una jornada media de 34,46 horas semanales. La jornada intensiva de verano (por ejemplo, de julio a agosto) permite concentrar el horario en las mañanas sin superar ese tope semanal.

Vacaciones en el convenio de oficinas técnicas

Los trabajadores tienen derecho a 23 días laborables de vacaciones anuales retribuidas. Esta es la duración mínima garantizada por el convenio, si bien las empresas pueden mejorarla por acuerdo individual o colectivo.

El cómputo es en días laborables, lo que en la práctica equivale a unas 4-5 semanas naturales de descanso. Las fechas de disfrute se fijan de común acuerdo entre empresa y trabajador. El convenio exige que el calendario vacacional se conozca con antelación suficiente.

Permisos retribuidos en el convenio de ingenierías y oficinas técnicas 2026

El convenio de oficinas técnicas reconoce los siguientes permisos retribuidos, sin pérdida de remuneración:

Motivo Duración
Matrimonio 15 días naturales
Mudanza 1 día
Nacimiento de hijo / fallecimiento, accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica de pariente hasta 2.º grado 2 días (4 si requiere desplazamiento)
Fallecimiento de cónyuge, padres o hijos 4 días
Deber inexcusable de carácter público y persona Por el tiempo indispensable
Funciones sindicales o de representación del personal Por el tiempo indispensable

Trabajo nocturno en el convenio de ingenierías

El convenio considera trabajo nocturno el realizado entre las 22:00 y las 06:00 horas. Las horas trabajadas en este tramo se retribuyen con un incremento del 100% sobre el valor de la hora ordinaria. Esta regla no aplica a los trabajadores expresamente contratados para horario nocturno, cuya retribución ya incorpora ese plus.

Tabla salarial del convenio de ingenierías y oficinas técnicas en 2026

En la tabla salarial del convenio de ingenierías y oficinas técnicas se establecen el salario base, el plus de convenio y el salario total para cada nivel y grupo profesional. Las tablas se estructuran en función de la titulación requerida y las funciones desempeñadas.

Las tablas salariales más recientes publicadas en el BOE corresponden al año 2024, con un incremento del 2,3% sobre las de 2023, aprobado en la Comisión Paritaria en enero de 2024. En 2026, dado que el XX Convenio está en ultraactividad y aún no se han publicado tablas específicas para 2025 o 2026, las tablas de 2024 siguen siendo la referencia oficial. Las empresas deben aplicarlas hasta que se publiquen nuevas en el BOE.

Para consultar los importes exactos por nivel salarial, accede al Anexo II del XX Convenio Colectivo en el Boletín Oficial del Estado (BOE núm. 59, de 10 de marzo de 2023) y a la resolución de revisión de tablas para 2024.

Además, el convenio establece un salario mínimo de 14.000 € brutos anuales para jornada completa. En contratos a tiempo parcial, esta cuantía debe calcularse proporcionalmente según la jornada realizada.

Por ejemplo, si un trabajador decide trabajar a media jornada (50%) tendría un salario mínimo garantizado de 7.000 € brutos anuales (14.000 € × 0,50).

Situación del convenio de ingenierías y oficinas técnicas en 2026

El XX Convenio Colectivo venció el 31 de diciembre de 2024 y en 2026 se encuentra en ultraactividad: sus condiciones siguen vigentes íntegramente mientras las partes negocian el XXI Convenio. La mesa de negociación, integrada por TECNIBERIA, CCOO y UGT, lleva reunida desde principios de 2025, aunque la patronal ha mostrado resistencia a muchas de las propuestas sindicales.

Entre las propuestas de los sindicatos para el XXI Convenio se incluyen incrementos salariales del 3% para 2025 con revisión según IPC y mejoras en permisos de conciliación y desconexión digital.

Las empresas adheridas a este convenio colectivo del sector de empresas de ingeniería y oficinas de estudios técnicos deben estar atentas a las publicaciones del BOE para aplicar cualquier nueva tabla o modificación en cuanto se formalice el nuevo acuerdo. 

Con PayFit, la configuración de las nóminas se basa directamente en el convenio colectivo. Los complementos salariales, el salario base, los días de vacaciones y los tipos de permisos se aplican automáticamente conforme a lo establecido en el convenio de ingenierías y oficinas técnicas. Cuando se publiquen nuevas tablas salariales, el sistema se actualiza para garantizar el cumplimiento normativo sin trabajo manual.

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Preguntas frecuentes sobre el convenio de ingenierías y oficinas técnicas

En 2026 sigue vigente el XX Convenio Colectivo Nacional de Empresas de Ingeniería, Oficinas de Estudios Técnicos, Inspección, Supervisión y Control Técnico y de Calidad (BOE 10 de marzo de 2023), en situación de ultraactividad al haber vencido el 31 de diciembre de 2024. Sus condiciones son de obligado cumplimiento hasta que se publique el XXI Convenio.

El convenio garantiza 23 días laborables de vacaciones anuales retribuidas. Las empresas pueden mejorar esta cifra por pacto colectivo o individual, pero nunca por debajo de ese mínimo.

La jornada máxima es de 1.792 horas anuales, con un máximo de 9 horas diarias de trabajo efectivo. Durante el verano puede establecerse jornada intensiva, sin superar las 36 horas semanales.

Las tablas salariales se publican en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Las más recientes disponibles son las de 2024 (incremento del 2,3% sobre 2023). Para consultarlas, busca las resoluciones de revisión salarial del XX Convenio en el buscador del BOE (boe.es) o accede a través del Anexo II del convenio publicado en marzo de 2023.

El salario mínimo anual establecido en el convenio es de 14.000 € brutos anuales para jornada completa, con reducción proporcional en contratos a tiempo parcial. Este importe es el suelo por debajo del cual ninguna empresa del sector puede retribuir a sus trabajadores, independientemente de su categoría.

Puedes comprobarlo revisando tu contrato de trabajo: debe indicar el convenio colectivo de aplicación. También puedes consultar en el BOE si la actividad principal de tu empresa coincide con alguna de las descritas en el artículo 2 (ámbito funcional) del XX Convenio Colectivo.