
Puntos clave sobre contratar a un extranjero en España
Los ciudadanos de la UE no necesitan permiso. Pueden trabajar en España igual que un español, sin autorización adicional.
El resto sí necesita una autorización de residencia y trabajo. Y gestionarla es responsabilidad, en gran parte, del empleador.
El reglamento de extranjería cambió en 2025. El nuevo marco (RD 1155/2024), en vigor desde mayo de 2025, integra el permiso de trabajo en la propia autorización de residencia desde el inicio.
Contratar sin autorización es infracción muy grave. Con multas de entre 10.001€ y 100.000€ por cada trabajador afectado.
El contrato debe acreditar que el trabajador cuenta con permiso de residencia y trabajo vigente.
Contratar a un extranjero en España aporta diversidad y experiencia internacional a los equipos, pero exige conocer y cumplir requisitos y trámites específicos que no aplican a un trabajador español. En este artículo te explicamos todos los detalles al respecto.
¿Quién necesita autorización para trabajar en España?
Es posible emplear a trabajadores extranjeros en España, ya sean originarios de la Unión Europea o de países fuera de esta. La contratación de un ciudadano español o comunitario no genera complicaciones, ya que no requieren autorización adicional para trabajar en el país.
Contratar a un trabajador extranjero no comunitario y no residente, en cambio, implica un proceso más complejo. Es fundamental que el departamento de RR. HH. conozca en detalle los trámites y procedimientos aplicables antes de incorporar a este tipo de perfiles. y los procedimientos específicos que deben cumplirse al incorporar a profesionales de este grupo.

¿Sabías que…?
Contratar a extranjeros sin autorización de trabajo se considera una infracción muy grave, con multas de entre 10.001€ y 100.000€ por cada trabajador afectado. Si el permiso del trabajador caduca, el empleador debe resolver el contrato indemnizándolo según corresponda.
¿Qué tipos de autorización de residencia y trabajo existen?
Desde el 20 de mayo de 2025 está en vigor un nuevo Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024), que sustituyó al anterior tras 13 años de vigencia. Entre otros cambios, integra el permiso de trabajo en la propia autorización de residencia desde el primer momento. Las principales vías son:
Autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena. Debe solicitarse para trabajadores mayores de 16 años que van a prestar servicios para una empresa antes de la contratación.
Autorización de residencia y trabajo por cuenta propia. Para quienes vayan a ejercer una actividad económica de forma autónoma.
Residencia de larga duración. Tras 5 años de residencia legal continuada, se permite residir y trabajar en las mismas condiciones que un español.
Autorizaciones por arraigo (sociolaboral, social, familiar, formación...). Vías pensadas para personas ya presentes en España que buscan regularizar su situación, con requisitos específicos de permanencia y vinculación con el país.
Dado que el marco normativo se ha reformado recientemente, es recomendable verificar los requisitos concretos de cada vía con la oficina de extranjería o un profesional especializado antes de iniciar el trámite.
¿Cuáles son los trámites para contratar a un extranjero en España?
Los trámites, en general, se dividen en dos fases:
Fase 1: solicitud de autorización de residencia y trabajo. El trabajador (o la empresa, según el caso) debe presentar la solicitud junto con el pasaporte, la titulación o cualificación profesional cuando proceda, y la oferta o el contrato de trabajo. El plazo de resolución habitual es de tres meses.
Fase 2: formalización del contrato de trabajo. Una vez concedida la autorización, se firma el contrato por escrito, que debe incluir la cláusula que acredite el permiso de residencia y trabajo del empleado.
¿Qué ocurre con los becarios extranjeros en España?
El nuevo Reglamento de Extranjería también ha modificado el marco aplicable a estancias por estudios y prácticas, por lo que los requisitos concretos para becarios extranjeros pueden variar respecto a normativas anteriores. En términos generales, el becario debe:
Ser estudiante de una universidad o centro de formación reconocido, español o extranjero.
Contar con la aprobación de su centro para firmar el convenio de prácticas.
Disponer de la autorización de residencia (y, si aplica, de trabajo) vigente para el periodo de prácticas.
A efectos de IRPF, la retención aplicable a los becarios suele depender de su situación: en torno al 2% para estudiantes residentes fiscales en España, el 19% para residentes en la UE/EEE no residentes fiscales en España, y el 24% para el resto de no residentes. Dado que estos porcentajes pueden actualizarse, conviene confirmarlos antes de aplicar la retención.
¿Cómo es el contrato de trabajo de un extranjero?
El modelo de contrato de trabajo de un extranjero en España es el mismo que el de un trabajador español, regulado por el Estatuto de los Trabajadores. Debe constar por escrito e incluir, entre otros, las partes contratantes, el objeto del contrato, su duración, la jornada, el salario y las demás condiciones de trabajo.
En el caso de un trabajador extranjero, el contrato debe incluir además una cláusula específica en la que se declare que el trabajador tiene permiso de residencia y trabajo en España vigente, al menos, durante todo el periodo de duración del contrato.
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