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Límite general: 22.000€ brutos anuales con un único pagador.
Con dos o más pagadores: el límite baja a 15.876€, siempre que el segundo y siguientes superen 1.500€ en conjunto.
Capital mobiliario y ganancias patrimoniales: obligación si superan 1.600€ brutos anuales.
Desempleados: desde 2026 ya NO están obligados a declarar por el simple hecho de cobrar el paro.
Si no estás obligado: puedes pedir un certificado de no obligación de declaración a la Agencia Tributaria.
Es importante que, como empresarios o responsables de RR. HH., tengamos claro quién tiene obligación de hacer la declaración de la renta, ya que es una duda muy frecuente entre los empleados y resolverla ayuda a mejorar su experiencia.
En este artículo te explicamos los límites de ingresos vigentes, quién queda exento y las novedades más importantes para la campaña de la renta de 2026.
La obligación de presentar la declaración se extiende a la mayoría de las personas físicas residentes en España que hayan obtenido unos ingresos superiores a 22.000€ brutos anuales de un único pagador.
Este mínimo no se aplica solo a las nóminas, sino también a las rentas de inversiones financieras, alquileres y a las ganancias patrimoniales obtenidas durante el ejercicio.
Si has recibido ingresos del trabajo de dos o más pagadores (por ejemplo, por cambio de empleo, un ERTE, o cobrar el paro tras finalizar un contrato), el límite para declarar baja a 15.876€ brutos anuales, siempre que la suma del segundo y siguientes pagadores supere los 1.500€. Si no se supera ese segundo umbral, se mantiene el límite general de 22.000€.
Los contribuyentes con rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sujetos a retención están obligados a declarar si superan 1.600€ brutos anuales en conjunto. También deben tenerse en cuenta las pensiones, que se consideran rendimientos del trabajo a estos efectos.
Calendario gestión de RRHH y finanzas 2026
El IRPF aplica una escala progresiva: cuanto mayor es la renta, mayor es el porcentaje que se paga, pero solo sobre la parte del ingreso que entra en cada tramo, no sobre el total.
Para la campaña de la Renta 2025 (ejercicio que se presenta en 2026), la escala general es:
| Base liquidable | Tipo aplicable |
|---|---|
| Hasta 12.450 € | 19% |
| De 12.450 € a 20.199 € | 24% |
| De 20.200 € a 35.199 € | 30% |
| De 35.200 € a 59.999 € | 37% |
| De 60.000 € a 299.999 € | 45% |
| Más de 300.000 € | 47% |
Un error muy frecuente es creer que si tu salario supera el límite de un tramo, tributas ese porcentaje sobre toda tu renta. No es así: cada tramo solo aplica sobre la porción del ingreso que entra en ese rango. Por ejemplo, con una base liquidable de 22.000 €, el cálculo sería:
Primeros 12.450 € al 19% = 2.365,50 €
De 12.450 € a 20.200 € al 24% = 1.860 €
De 20.200 € a 22.000 € al 30% = 540 €
Total: 4.765,50 €, lo que equivale a un tipo efectivo del 21,7%, muy por debajo del tipo marginal del 30%.
Hay que tener en cuenta, además, que la escala se divide entre la parte estatal (igual para todos) y la parte autonómica, que varía según la comunidad autónoma de residencia.
El IRPF es uno de los conceptos más importantes a la hora de calcular una nómina. La retención de IRPF es un adelanto del impuesto que la empresa ingresa cada mes en la Agencia Tributaria en nombre del trabajador, a través de modelos como el modelo 111. Esas retenciones se reflejan después en la declaración de la renta del ejercicio correspondiente.
| Situación | Límite que obliga a declarar |
|---|---|
| Rendimientos del trabajo, un solo pagador | Más de 22.000 € brutos anuales |
| Rendimientos del trabajo, dos o más pagadores | Más de 15.876 €, si el 2º pagador supera 1.500 € |
| Capital mobiliario y ganancias patrimoniales | Más de 1.600 € brutos anuales conjuntos |
A pesar de que una reforma de 2024 preveía obligar a todos los perceptores del paro a declarar independientemente de sus ingresos, esa medida fue derogada por el Real Decreto-ley 16/2025 (ratificado mediante el RDL 3/2026). Desde la campaña de la Renta 2026 (ejercicio 2025), cobrar una prestación por desempleo ya no genera por sí sola la obligación de declarar: se aplican los mismos límites generales que al resto de rendimientos del trabajo, considerando al SEPE como un pagador más.
Si no tienes obligación de presentar la declaración, puedes solicitar un certificado de no obligación de declaración de la renta, útil en trámites donde se exija acreditar tu situación fiscal con el IRPF. Se puede solicitar a través de la app de la Agencia Tributaria o de forma presencial en sus delegaciones, con cita previa.
Conocer estos límites ayuda a empresas y trabajadores a anticipar sus obligaciones fiscales y a disponer de la documentación necesaria para la declaración de la renta.
PayFit gestiona la nómina de tu empresa y las obligaciones asociadas, como el cálculo y la gestión de las retenciones de IRPF. Además, tus empleados pueden acceder fácilmente a su documentación, incluido el certificado de retenciones, desde su espacio personal.
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La Agencia Tributaria puede aplicar recargos y sanciones por no presentar la declaración estando obligado, que aumentan cuanto más tiempo pase desde el fin del plazo voluntario.
Sí, de forma voluntaria. Suele interesar cuando el resultado sale a devolver, por ejemplo, si te han retenido más IRPF del que correspondía.
Cuando has cambiado de empleo durante el año, has compaginado varios trabajos, has pasado por un ERTE, has cobrado el paro tras finalizar un contrato, o te has jubilado habiendo trabajado ese mismo año.
Sí, las pensiones se consideran rendimientos del trabajo a efectos de la obligación de declarar, y se aplican los mismos límites de 22.000€ o 15.876€ según el número de pagadores.
La Agencia Tributaria pone a disposición un simulador de Renta en su sede electrónica que permite comprobarlo antes del inicio oficial de la campaña, introduciendo tus datos fiscales y pagadores.

El certificado de retenciones es el documento que acredita el IRPF retenido en tu nómina. Te explicamos qué es, para qué sirve y cuándo se entrega.

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Para calcular el IRPF en una nómina debemos tener en cuenta varios factores, como por ejemplo la comunidad autónoma, el salario base o los hijos a cargo.

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