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¿El convenio colectivo de consultorías y estudios de mercado, qué es?
Los convenios colectivos son una figura jurídica esencial en el ámbito laboral español, ya que establecen las condiciones de trabajo, los derechos y obligaciones de los empleados, así como las responsabilidades de las empresas dentro de un determinado sector. Gracias a estos acuerdos, firmados entre las organizaciones empresariales y los representantes sindicales, se garantiza un marco de relaciones laborales equilibrado, justo y adaptado a la realidad de cada actividad profesional.
Cada empresa en España está adherida a un convenio colectivo específico según su actividad económica y su ubicación geográfica, lo que permite que las condiciones laborales se ajusten a las necesidades y particularidades del sector. En el caso de las compañías que operan en el ámbito de la consultoría, la investigación de mercados y la opinión pública, el referente es el convenio colectivo estatal de empresas de consultoría y estudios de mercado y de la opinión pública, también conocido como convenio colectivo de empresas consultoras.
Este convenio, además de ser uno de los más relevantes dentro del sector servicios, regula aspectos clave como las tablas salariales del convenio de consultoría, la jornada laboral, los permisos retribuidos, el teletrabajo, las dietas, el kilometraje y los planes de igualdad en las empresas consultoras y tecnológicas.
A lo largo de este artículo te explicamos los puntos más importantes del XIX Convenio Colectivo estatal de empresas de consultoría, tecnologías de la información y estudios de mercado y de la opinión pública, vigente para el periodo 2025-2027, así como las principales novedades y actualizaciones salariales que deben tener en cuenta tanto los empleadores como los trabajadores del sector.
¿Qué es un convenio colectivo?
Aunque probablemente ya lo sabes, queremos recordarte que un convenio colectivo es un acuerdo escrito entre las asociaciones empresariales o representación patronal y organizaciones sindicales o representación social de los trabajadores, en el que se establecen las condiciones de trabajo, derechos y obligaciones a las que deberán ajustarse las relaciones laborales en un ámbito determinado. Este instrumento jurídico tiene como finalidad principal garantizar un marco laboral justo, equilibrado y adaptado a la realidad de cada sector, protegiendo tanto a los empleados como a las empresas.
En el caso del XIX Convenio Colectivo estatal de empresas de consultoría, tecnologías de la información y estudios de mercado y de la opinión pública, es importante destacar que su ámbito territorial se extiende a todo el territorio del Estado español. Esto significa que todas las empresas de consultoría y estudios de mercado que se encuentren dentro de España deben cumplir las normas y condiciones establecidas en este convenio.
Este tipo de convenio colectivo de consultoría y estudios de mercado regula aspectos esenciales como la jornada laboral, el salario, las vacaciones, los permisos, la formación profesional, la prevención de riesgos laborales y la clasificación profesional. Además, establece las tablas salariales del convenio de consultoría, que fijan los sueldos mínimos por categoría profesional dentro de las empresas del sector.
Asimismo, el convenio colectivo para empresas consultoras garantiza que todas las relaciones laborales se rijan bajo criterios de igualdad y transparencia, evitando conflictos y ofreciendo un marco claro de actuación tanto para empleadores como para trabajadores. Por ello, contar con un convenio colectivo en consultoría y estudios de mercado actualizado es fundamental para cualquier empresa del sector que quiera asegurar el cumplimiento normativo y fomentar un ambiente laboral estable y seguro.
¿Qué es el XIX convenio colectivo estatal de empresas de consultoría y estudios de mercado?
El XIX convenio colectivo es el acuerdo que se aplica a empresas que se dedican principalmente a:
Consultoría (consultoras de planificación, organización de empresas)
Tecnologías de la Información
Contabilidad y Auditoría
Consultoría de selección y formación de recursos humanos
Técnicas de organización y dirección de empresas
Servicios de informática
Investigación de mercados y de la opinión pública
Nueva incorporación: Servicios especializados en Ciberseguridad
💡 ¿Sabías qué?
Las condiciones laborales que marca este nuevo convenio son condiciones iguales o mejores a las establecidas en el Estatuto de los Trabajadores. Por ejemplo, además de los derechos básicos, incluye la compensación por teletrabajo de 17,68€ brutos al mes.
Guía sobre Consultorías y Tecnología
¿Cuáles son los aspectos clave del convenio colectivo estatal de empresas de consultoría y estudios de mercado y de la opinión pública este 2025?
Ámbito y vigencia
Periodo: 1 de enero 2025 - 31 diciembre 2027
Ámbito territorial: Todo el Estado español
Plazo de implementación: 2 meses para la reclasificación profesional y para el pago de los posibles atrasos que pueda haber (hasta 16 de junio 2025)
Nueva estructura profesional
La introducción del Área 5 de Ciberseguridad en el XIX Convenio Colectivo marca un punto de inflexión en la regulación del sector TIC, reconociendo la creciente importancia de la seguridad digital en el entorno empresarial actual. La nueva área de Ciberseguridad se caracteriza por períodos de prueba de 6 meses para los grupos A, B, C y D.
Este cambio estructural implica que la anterior Área 5 de Estudios de Mercado pasa a ser el Área 6, manteniendo todas sus condiciones específicas intactas.
Jornada laboral y vacaciones
El XIX Convenio Colectivo mantiene las condiciones base de jornada laboral en 1.800 horas anuales y conserva la jornada intensiva de verano de 36 horas semanales, así como los 23 días laborables de vacaciones anuales (o 22 días en caso de disfrutar dos o más meses de jornada intensiva).
Permisos retribuidos
Entre las principales actualizaciones destacan la inclusión de la pareja de hecho o familiar consanguíneo de la pareja de hecho como beneficiarios del permiso de 5 días laborables por accidente o enfermedad graves, así como la extensión de este derecho a cualquier persona que conviva con el trabajador/a que requiera cuidado efectivo.
Se especifica también con mayor claridad el permiso por fallecimiento de parientes hasta segundo grado, estableciendo 2 días laborables, que se amplían a 4 días laborables cuando exista desplazamiento.
👉 Recientemente, tras los eventos climáticos extremos conocidos como la Dana, se ha incluido un nuevo permiso en el Estatuto de los Trabajadores. Desde finales de octubre, el estatuto ahora contempla un permiso de hasta 4 días para aquellos empleados que no puedan acceder a su lugar de trabajo debido a recomendaciones, limitaciones o prohibiciones oficiales de desplazamiento, que se aplican en situaciones de riesgo grave como catástrofes o fenómenos meteorológicos adversos. Este permiso es especialmente flexible, ya que puede prolongarse más allá de los cuatro días iniciales hasta que desaparezcan las circunstancias que lo justificaron, contemplando incluso la posibilidad de que la empresa aplique una suspensión del contrato o reducción de jornada por fuerza mayor.
Tablas salariales
Este convenio colectivo establece un importante marco de actualización salarial para el periodo 2025-2027, con incrementos progresivos del 4% para 2025, 3% para 2026 y 3% para 2027.
Las nuevas tablas salariales incorporan una cláusula de revisión salarial para 2028 que se activará si el IPC acumulado desde el 01/01/2025 hasta el 31/12/2027 supera el incremento acumulado de las tablas, actualizándose con un tope del 2%.
Para el Área 5 de Ciberseguridad, esta revisión tiene un tratamiento especial, considerando el IPC desde el 01/01/2026 hasta el 31/12/2027. Además, se incluye una Garantía de Actualización SMI que asegura que ningún nivel profesional quede por debajo del salario mínimo interprofesional, manteniendo una diferencia salarial mínima de 80€ entre niveles. Los efectos económicos de las nuevas tablas son retroactivos desde el 1 de enero de 2025, disponiendo las empresas de un plazo hasta el 16 de junio de 2025 para regularizar y abonar los atrasos correspondientes.
Teletrabajo
También introduce importantes novedades en la compensación por teletrabajo, estableciendo un plus específico para las personas que presten servicios de forma regular en modalidad a distancia. Las cuantías se incrementan progresivamente durante la vigencia del convenio:
17,68€ brutos mensuales para 2025 (sin efectos retroactivos).
18,21€ para 2026.
18,76€ para 2027.
Este plus tiene naturaleza extrasalarial, lo que significa que no es compensable ni absorbible por otros conceptos salariales, garantizando así su percepción íntegra.
Dietas y kilometrajes
Se actualizan las dietas y kilometrajes con un esquema progresivo para el periodo 2025-2027. Para las dietas completas con pernocta en territorio español, se establecen dos niveles:
1. Para las Áreas 1 al 6 (excepto niveles B-2, D-1 y E-2) los importes son:
57,20€ en 2025
58,92€ en 2026
60,69€ en 2027
Mientras que para los niveles B-2, D-1 y E-2 se fijan en 40,09€, 41,29€ y 42,53€ respectivamente.
2. Las dietas sin pernocta se reducen al 50% de estos importes, y para desplazamientos superiores a 60 días, se aplica una reducción de un tercio.
3. En cuanto al kilometraje, se establece una diferenciación por áreas para las Áreas 1 al 5 los importes son:
0,26€/km en 2025
0,27€/km en 2026
0,28€/km en 2027
Mientras que el Área 6 mantiene una tarifa específica de 0,24€/km, 0,25€/km y 0,26€/km respectivamente.
Plan de Igualdad
Se incorpora medidas específicas para la protección LGTBI, en cumplimiento del Real Decreto 1026/2024 y la Ley 4/2023, estableciendo tres pilares fundamentales:
1. Protección y No Discriminación
Tolerancia cero ante conductas LGTBIfóbicas.
Igualdad en procesos de selección y promoción.
Garantía de acceso igualitario a beneficios y permisos.
2. Medidas prácticas
Formación obligatoria para toda la plantilla.
Protocolo específico contra el acoso.
Uso de lenguaje inclusivo y respetuoso.
Sistema sancionador para conductas discriminatorias.
3. Entorno laboral seguro
Protección de la diversidad familiar y de género.
Procedimientos confidenciales de denuncia.
Medidas preventivas y correctivas.
Las empresas deben implementar estas medidas para garantizar un ambiente laboral inclusivo y respetuoso con la diversidad LGTBI , pudiendo adaptarlas y desarrollarlas según sus necesidades específicas.
En definitiva, los convenios colectivos son largos y complejos de analizar, no obstante son una hoja de ruta para los responsables de recursos humanos y los encargados de gestionar las nóminas en una empresa.
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A continuación te dejamos un cuadro resumen sobre el convenio colectivo de consultorías y estudios de mercado:
| Sección | Resumen |
|---|---|
| Definición de convenio colectivo | Acuerdo entre representación empresarial y sindical que regula condiciones laborales, derechos y obligaciones de empleados y empresas en un sector específico. Protege la equidad y claridad en las relaciones laborales. |
| Ámbito del XIX Convenio Colectivo | Aplica a empresas de consultoría, tecnologías de la información, contabilidad, auditoría, selección y formación de RR. HH., servicios informáticos, investigación de mercados, opinión pública y ciberseguridad. Cobertura: todo el territorio español. Vigencia: 2025-2027. |
| Objetivos principales | Garantizar condiciones laborales iguales o mejores al Estatuto de los Trabajadores, actualizar salarios, regular teletrabajo, permisos, dietas, kilometraje y establecer planes de igualdad y medidas inclusivas. |
| Jornada laboral y vacaciones | Jornada anual: 1.800 horas; jornada intensiva de verano: 36 h/semana; vacaciones: 23 días (o 22 si se disfruta jornada intensiva durante 2 meses o más). |
| Permisos retribuidos | Permisos por accidente/enfermedad grave ampliados a pareja de hecho o convivientes; fallecimiento hasta segundo grado: 2 días (4 con desplazamiento); permiso excepcional por fenómenos meteorológicos adversos: hasta 4 días, prorrogables. |
| Tablas salariales | Incrementos progresivos: 4% (2025), 3% (2026), 3% (2027). Revisión 2028 según IPC acumulado. Garantía SMI y diferencia mínima de 80€ entre niveles. Retroactividad desde 1 enero 2025; plazo de regularización: 16 junio 2025. |
| Teletrabajo | Plus extrasalarial progresivo: 17,68€ (2025), 18,21€ (2026), 18,76€ (2027). No absorbible por otros conceptos. |
| Dietas y kilometraje | Dietas completas: Áreas 1-6: 57,20€→60,69€; niveles B-2, D-1, E-2: 40,09€→42,53€. Sin pernocta: 50% del importe. Kilometraje: Áreas 1-5: 0,26€/km→0,28€/km; Área 6: 0,24€/km→0,26€/km. |
| Plan de Igualdad y medidas LGTBI | Protección y no discriminación, formación obligatoria, protocolos contra acoso, lenguaje inclusivo, sanciones, entorno seguro y confidencialidad en denuncias. |
| Relevancia para RRHH y nóminas | Guía para gestión de nóminas, complementos salariales, vacaciones y teletrabajo. Software como PayFit permite automatizar la gestión conforme al convenio, evitando errores y ahorrando tiempo. |
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Las preguntas frecuentes sobre el convenio colectivo estatal de empresas de consultoría y estudios de mercado y de la opinión pública que todo el mundo se hace
Este convenio colectivo de consultoría regula todas las condiciones laborales, salariales y organizativas de las empresas del sector, incluyendo consultoría, tecnologías de la información, auditoría, contabilidad, investigación de mercados y opinión pública. Define aspectos clave como la jornada laboral, vacaciones, permisos retribuidos, tablas salariales del convenio de consultoría, pluses por teletrabajo y medidas de igualdad y diversidad. Su cumplimiento garantiza seguridad y claridad tanto para empleadores como para trabajadores.
Se aplica a todas las empresas consultoras y empresas de consultoría en España, tanto públicas como privadas, que realicen actividades de consultoría empresarial, selección de personal, ciberseguridad, auditoría, contabilidad, servicios informáticos, investigación de mercados o estudios de opinión pública. El convenio tiene ámbito estatal, por lo que afecta a todas las compañías dentro de estas categorías.
El XIX convenio colectivo tiene una vigencia de tres años, desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2027. Durante este periodo se aplicarán las revisiones salariales, actualizaciones de tablas salariales del convenio consultoría, pluses de teletrabajo y nuevas medidas de igualdad y protección laboral.
Las tablas salariales del convenio de consultoría y estudios de mercado se actualizan progresivamente: 4% en 2025, 3% en 2026 y 3% en 2027. Además, si el IPC acumulado supera estos incrementos, se aplicará una revisión adicional en 2028 de hasta un 2%. Las empresas deben abonar los atrasos correspondientes antes del 16 de junio de 2025.
Entre las principales novedades destacan:
Creación del Área 5 de Ciberseguridad con condiciones específicas.
Ampliación de permisos retribuidos a parejas de hecho y familiares convivientes.
Incremento del plus por teletrabajo: 17,68 € mensuales en 2025, 18,21 € en 2026 y 18,76 € en 2027.
Medidas de igualdad y protección LGTBI, incluyendo formación y protocolos obligatorios.
Actualización progresiva de dietas y kilometraje hasta 2027.
Se establece una jornada laboral anual de 1.800 horas, con jornada intensiva de verano de 36 horas semanales. Los trabajadores disponen de 23 días laborables de vacaciones al año (22 días si se disfruta jornada intensiva ≥ 2 meses).
El plus por teletrabajo se fija como compensación por gastos derivados del trabajo a distancia. Su cuantía es: 17,68 € en 2025, 18,21 € en 2026 y 18,76 € en 2027. Tiene carácter extrasalarial, por lo que no puede ser absorbido ni compensado con otros conceptos salariales.
El convenio contempla:
Permiso por accidente o enfermedad grave para pareja de hecho o convivientes.
Permiso por fallecimiento de familiares hasta segundo grado: 2 días (4 días con desplazamiento).
Permiso excepcional por fenómenos meteorológicos o catástrofes hasta 4 días iniciales, prorrogable según situación.
El texto completo se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y puede consultarse en la web del Ministerio de Trabajo y Economía Social. También es accesible mediante herramientas de gestión laboral como PayFit, que aplican automáticamente las condiciones del convenio a las nóminas y gestión de personal.
Conocer el convenio colectivo de consultoría y estudios de mercado es clave para garantizar el cumplimiento de derechos laborales, la correcta aplicación de salarios y permisos, y la implementación de políticas de recursos humanos actualizadas. Facilita la planificación salarial, el control de vacaciones, permisos y pluses, y contribuye a un entorno laboral estable, seguro e inclusivo.
El convenio clasifica las actividades del sector en distintas áreas: consultoría, TIC, contabilidad y auditoría, selección y formación de RR. HH., servicios informáticos, investigación de mercados y ciberseguridad, con condiciones específicas y tablas salariales diferenciadas por cada área.
Se incorporan políticas de protección LGTBI, protocolos contra acoso, formación obligatoria, uso de lenguaje inclusivo y entornos laborales seguros, asegurando igualdad de oportunidades, no discriminación y procedimientos confidenciales de denuncia.
Si la actividad principal de la empresa no encaja de forma directa con el ámbito funcional del convenio, deberá aplicarse el convenio colectivo que mejor se ajuste a su actividad real. No obstante, si parte de la plantilla realiza tareas propias del sector de consultoría, estudios de mercado o servicios TIC, es posible que determinadas categorías o puestos sí deban regirse por este convenio. En caso de duda, lo recomendable es solicitar un informe al servicio jurídico o acudir a la autoridad laboral para confirmar la correcta aplicación.
Las tablas salariales se actualizan de acuerdo con lo pactado en el convenio vigente. Normalmente, las revisiones se aplican a principios de cada año, incorporando los incrementos fijados (por ejemplo: 4 % / 3 % / 3 % según el periodo negociado). Una vez publicadas en el BOE, las empresas están obligadas a actualizar las nóminas y, si corresponde, abonar atrasos desde el 1 de enero.
Los trabajadores de contratas o empresas externas deben regirse por el convenio de la empresa que les contrata, no por el convenio de la empresa cliente. No obstante, si la subcontrata realiza servicios propios del sector de consultoría, estudios de mercado o TIC, lo habitual es que se aplique este convenio. Además, si existe una “cláusula de subrogación” o condiciones mínimas superiores, deberán respetarse en los contratos y en las nóminas del personal subcontratado.
Sí. El convenio colectivo establece un mínimo de condiciones, pero las empresas pueden mejorarlas mediante acuerdos internos, pactos de empresa o mejoras voluntarias. Esto incluye incrementos salariales, permisos superiores, ampliación del teletrabajo o medidas de conciliación. Sin embargo, no se pueden establecer condiciones inferiores a lo pactado en el convenio sectorial.
Si el IPC anual es superior a los incrementos fijados en el convenio, la empresa no está obligada a compensarlo, salvo que el texto del convenio incluya una cláusula explícita de revisión salarial (que en muchos casos no existe). Aun así, algunas compañías optan por ajustes voluntarios para mantener la competitividad y retener talento.
La jornada intensiva se aplica igual en modalidad presencial o en teletrabajo, siguiendo el horario reducido pactado para el periodo correspondiente (por ejemplo, jornada de verano). Lo relevante es cumplir las horas establecidas, independientemente del lugar donde se trabaje. La empresa puede regular aspectos como la disponibilidad, la conexión mínima y la organización del tiempo, pero siempre respetando el límite horario fijado en el convenio.
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Un convenio colectivo es un acuerdo entre representantes de trabajadores y empleadores que establece condiciones laborales y salarios.
La retroactividad del convenio colectivo permite aplicar normas nuevas a situaciones pasadas si se establece claramente.
